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Presentan lineamientos para el programa de atención a víctimas – PAPSIVI

El Ministerio de Salud dio a conocer un proyecto de resolución que agrupa las acciones necesarias para implementar el programa de atención a víctimas del conflicto armado
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El Ministerio de Salud, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley 1448 de 2011 que establece medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno, ha publicado los lineamientos técnicos de dirección y operación del Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a las Víctimas -PAPSIVI-.

De acuerdo con dicha ley, los gastos derivados del PAPSIVI “serán reconocidos y pagados por conducto del Ministerio de Protección Social con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema de Seguridad Social en Salud (Fosyga), Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, salvo que estén cubiertos por otro ente asegurador en salud”; recursos que hoy son administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES-.

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Además de ello, en el Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social indica que el programa de atención a las víctimas tiene como propósito “brindar las medidas de atención en salud, de rehabilitación física, mental y psicosocial a las víctimas del conflicto armado”, siendo el Ministerio de Salud el encargado de diseñar los lineamientos técnicos y operativos, tras incentivar la participación de las víctimas y establecer las bases de esta política que han sido compartidas con otras entidades del Gobierno Nacional y distintos actores sectoriales.

Los lineamientos técnicos del PAPSIVI serán de obligatorio cumplimiento para las secretarías de salud (departamentales, distritales y municipales), Entidades Promotoras de Salud -EPS-, entidades adaptadas e Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud -IPS- que presenten sus servicios a las víctimas del conflicto interno del país y la Superintendencia Nacional de Salud.

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Uno de los aspectos fundamentales del PAPSIVI es el componente de calidad en la atención integral. En ese sentido, se entiende como el acceso oportuno a los servicios, el mejoramiento continuo y la promoción de la salud, el nivel profesional adecuado y su balance entre beneficios, riesgos y costos para garantizar la adhesión de las víctimas del conflicto en los distintos procesos. Este apartado está integrado por las siguientes acciones transversales en su implementación: i) Coordinación y articulación Nación-Territorio; ii) Desarrollo del Talento Humano; iii) Participación efectiva de víctimas; iv) Monitoreo, seguimiento y evaluación.

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Coordinación y articulación nación-territorio: busca establecer un procedimiento que permita reconocer los escenarios de articulación y coordinación entre el nivel nacional, territorial (departamentos, distritos y municipios) y sectorial (actores del SGSSS), ofreciendo herramientas que faciliten la integración del PAPSIVI y su articulación en todo el país.

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Desarrollo del Talento Humano: este se entiende como un proceso complementario y transversal para la puesta en práctica de conocimientos, habilidades y actitudes en el talento humano que orienta, asiste y atiende a la población víctima del conflicto armado. Además, propende por el cuidado y bienestar emocional y la prevención del estrés laboral, en el personal que hace parte del proceso de implementación del  PAPSIVI.

En este sentido, el desarrollo del Talento Humano involucra:  i) Formación del Talento Humano; ii) Acompañamiento técnico; y,  iii) Cuidado emocional, buscando favorecer la cualificación del mismo.

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Participación efectiva de victimas:  este programa de atención reconoce el derecho a la participación efectiva, comenzando por el reconocimiento de los hechos revictimizantes y aceptando los enfoques diferenciales de la población. En este sentido,  en el marco del  PAPSIVI,  los  procesos participativos se orientan a  la coordinación, articulación, seguimiento y monitoreo de la implementación de las medidas de rehabilitación física,  mental  y psicosocial,  a través de las  Mesas Municipales, Distritales, Departamentales y Nacional de participación Efectiva de las Víctimas.

Monitoreo, seguimiento y evaluación.  son los procesos esenciales para el funcionamiento adecuado del PAPSIVI, ya que permiten alcanzar los objetivos esperados en el  tiempo definido con los  recursos disponibles.  

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¿Cuáles serán las responsbailidades de los actores del sistema en la implementación del PAPSIVI?

El proyecto de resolución del Ministerio de Salud también presenta las responsabilidades que recaerán sobre secretarías de salud, EPS e IPS. En este artículo, CONSULTORSALUD presentará las más relevantes para cada uno de ellos.

Responsabilidades asignadas para las secretarías de salud departamentales o distritales:

  • Incluir dentro del Análisis de Situación en Salud de su territorio, un capítulo correspondiente a la situación de salud de la población víctima.
  • Establecer una mesa técnica interna en la entidad, para la coordinación, socialización y toma de decisiones frente a la gestión e implementación de las acciones del PAPSIVI en sus dos componentes para la atención integral de la población víctima del conflicto armado, la cual deberá estar soportada mediante la formulación e implementación de un plan operativo.
  • Informar a las EPS y las entidades adaptadas que operan en su territorio, la relación de IPS que brindan atención integral en el marco del PAPSIVI.
  • Definir las rutas de atención para el acceso a las  medidas de rehabilitación a las personas víctimas del conflicto armado, en coordinación con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas – SNARIV.
  • Articular los espacios de diálogo entre los actores del SGSSS y los espacios de participación efectiva de víctimas.
  • Realizar análisis de los resultados del seguimiento a las acciones de atención, complementarias y transversales de calidad y reportar resultados a las IPS correspondientes.

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Acciones a cargo de las secretarías de salud municipales:

  • Promover en su red de prestadores la postulación de IPS para ofertar la atención de las personas víctimas del conflicto armado en el marco del PAPSIVI.
  • Promover mecanismos que aseguren la afiliación de la población víctima del conflicto armado.
  • Coordinar y gestionar las acciones correspondientes para dar cumplimiento en la atención integral a las personas víctimas del conflicto armado reconocidas en órdenes judiciales, sentencias, autos, solicitudes administrativas de tipo nacional o internacional, ubicadas en su jurisdicción.
  • Generar espacios de diálogo y articulación con actores del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas -SNARIV-, con el fin de implementar las medidas de rehabilitación en el territorio.

Responsabilidades asignadas a las EPS para la implementación del programa de atención a las víctimas:

  • Promover y fortalecer en las IPS de su red la atención integral en el marco del PAPSIVI a las personas víctimas del conflicto armado.
  • Realizar bimestralmente la identificación de la población víctima del conflicto armado a su cargo para entregarla a su red de prestadores de servicios con la debida marcación.
  • Caracterizar la población víctima del conflicto armado a su cargo y proporcionar esta información a las entidades territoriales donde operan.
  • Realizar inducción  a la demanda, ofertando los servicios de atención integral del PAPSIVI.
  • Identificar dentro de su Red Integral de Prestadores de Servicios de Salud – RIPSS-, la IPS que atenderá a las personas víctimas del conflicto armado que fueron asignadas para su atención.
  • Reportar los avances de la implementación del PAPSIVI en su integralidad a la entidad territorial de salud y al Ministerio de Salud y entes de control de acuerdo a su solicitud.

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¿Y que quedará a cargo de las IPS para llevar a cabo el programa de atención a las víctimas?

  • Implementar el  PAPSIVI,  en sus dos componentes: Estrategia de Atención Psicosocial y el Protocolo de Atención Integral en Salud con Enfoque Psicosocial.
  • Adoptar y adaptar la ruta de atención integral  a víctimas del conflicto armado en el marco del PAPSIVI.
  • Ofertar la atención del PAPSIVI a la población víctima del conflicto armado, a partir de la identificación territorial entregada por las EPS, entidades adaptadas, y entidades departamentales y distritales de salud.
  • Definir la planeación, indicadores y responsables del proceso de atención a las víctimas en el marco del PAPSIVI. Dicha planeación debe contemplar el cronograma con las actividades que deben realizar los profesionales del equipo de atención integral del programa, teniendo en cuenta las modalidades psicosociales de atención  (individual  o grupal,  familiar y comunitaria). La atención psicosocial en su mayoría se realizará a través de la modalidad extramural domiciliaria.
  • Identificar necesidades de formación continua, inducción y reinducción al talento humano en salud para el desarrollo de habilidades en los procesos de atención integral a las víctimas del conflicto armado que deberán estar incluidas en el Plan Institucional de Formación Continua al talento humano en salud que atiende y orienta a las víctimas del conflicto armado.

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En cuanto a los recursos, estos serán asignados a las entidades territoriales del orden departamental y distrital que cumplan los criterios habilitantes y requisitos establecidos. No obstante, su giro estará condicionado a la prestación efectiva de los servicios de salud por parte de las IPS.

Las secretarías de salud del orden departamental, distrital y municipal y la Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de sus competencias, realizarán inspección, vigilancia y control al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el proyecto de resolución.

Conozca este proyecto de resolución con detalles en el archivo adjunto:

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