Resolución 3173 de 2009: Por la cual se adopta el Registro de Negación de Servicios y Medicamentos por parte de las EPS y EOC del Régimen Contributivo y Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Las EPS y EOC de los Regímenes Contributivo y Subsidiado de Salud deberán reportar al Ministerio de la Protección Social del 20 al 25 de cada mes la información contenida en el Anexo Técnico que hace parte integral de la resolución.
Resolución 3173 del 2009 (213.85 kB)