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Implementarían enfoque de género en el sistema de salud colombiano

El Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer un proyecto de resolución, orientado hacia la transversalización del enfoque de género en todas las áreas.
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El Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer un proyecto de resolución, orientado hacia la transversalización del enfoque de género dentro del sistema de salud en Colombia. Es decir, propone mecanismos para cerrar las brechas en torno al género, la identidad de género y la orientación sexual, teniendo en cuenta el “Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022: Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, los compromisos establecidos conlos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la normativa vigente a nivel nacional.

Si se aprueba, los lineamientos expuestos y definidos serán de aplicación obligatoria para las Direcciones Territoriales de Salud (DTS), las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) en sus procesos administrativos, misionales, estratégicos y de control y evaluación. Además, las DTS tendrán como responsabilidad adicional la implementación de esta normativa en el territorio que les compete.

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De acuerdo con el documento, los lineamientos establecidos tienen como propósito eliminar cualquier forma de discriminación relacionada con el género, la orientación sexual y demás aspectos que integran este concepto, así como garantizar el acceso al derecho fundamental a la salud sin barreras, ni restricciones a los grupos poblacionales directamente relacionados, en todos los regímenes y bajo lo estipulado en la Ley 1751 de 2015.

Con este proyecto de resolución, el principal objetivo del Ministerio de Salud será adoptar una política sectorial de transversalización del enfoque de género para transformar la cultura organizacional y promover acciones formativas y afirmativas en los actores que integran el sistema de salud colombiano – SGSSS. Esto con el fin de eliminar las dificultades de acceso y atención que experimentan mujeres, hombres y personas de los sectores LGBTI (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros e Intersexuales). Dentro de dicho objetivo, las acciones concretas propuestas son:

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  • Identificar brechas de género en salud y acciones que permitan su reducción.
  • Generar indicaciones para la transversalización del enfoque de género con y para las Direcciones Territoriales de Salud (DTS), las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), de manera que aporten al cierre de las brechas de género en salud.
  • Establecer los parámetros para el seguimiento y monitoreo de la transversalización del enfoque de género al interior del SGSSS y los regímenes especiales y de excepción.

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Para las autoridades de salud, el hecho de que en las estadísticas actuales no exista la suficiente información sobre las variables asociadas al enfoque de género implica que es necesario un cambio. Desde el sistema de salud se debe tener en cuenta que las “cuestiones de género” también presentan datos específicos sobre las poblaciones y hacen parte de los determinantes sociales de la salud. Se puede leer en el documento lo siguiente, frente a las implicaciones de la transversalización del enfoque de género:

  • “Reconocer que las mujeres, los hombres y las personas de los sectores sociales LGBTI, reaccionan de distinta forma a los servicios de salud, debido a sus diferentes experiencias a lo largo de la vida, que afecta su salud, la incidencia o prevalencia de enfermedades y su tratamiento”. (Ajustado de módulo conocimientos, OPS 2020)
  • “Reconocer que hay circunstancias generales de la vida y las específicas de las mujeres, los hombres y las personas de los sectores sociales LGBTI -de diferentes grupos sociales, económicos y culturales- son factores de riesgo potenciales para una mala salud”.

Para la transversalización de dicho enfoque, se propone la intervención en tres áreas específicas: i) factores biológicos (sexo biológico o asignado al nacer), ii) factores socioculturales (género), iii) acceso y control de los recursos sociales, económicos, políticos y culturales por razones de género.

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¿Cómo se aplicaría la transversalidad de género en el sistema de salud colombiano?

Para implementar el enfoque transversal de género en el SGSSS, se han segmentado tres líneas que pretenden contribuir a la disminución de las brechas de género desde su adopción. Dichas líneas son: transversalidad desde las competencias institucionales; cambios en la cultura organizacional para la incorporación del enfoque de género; y, acciones afirmativas a mujeres, hombres y personas de los sectores LGBTI.

LÍNEA 1: TRANSVERSALIDAD DESDE LAS COMPETENCIAS INSTITUCIONALES PARA LA INCORPORACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO: Esta línea trabajará en la promoción de la incorporación del enfoque de género dentro de las competencias institucionales en actividades relacionadas con i) diagnóstico – análisis y caracterización; ii) formulación plan de acción; iii) implementación; y, iv) monitoreo y evaluación con enfoque de género, permitiendo mejorar los resultados de salud para mujeres, hombres y personas de los sectores LGBTI.

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LÍNEA 2: CAMBIOS EN LA CULTURA ORGANIZACIONAL PARA LA INCORPORACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO: el objetivo de esta línea es contribuir a la transformación de imaginarios que sustentan y perpetúan las brechas de género en la cultura organizacional. Dentro de las actividades que el proyecto de resolución se proponen: conformación de equipos, contratación, sanciones con enfoque de género, por parte de los actores del SGSSS y la institucionalidad de los regímenes especiales y de excepción.

LÍNEA 3: ACCIONES AFIRMATIVAS ENCAMINADAS A SUPERAR LA DISCRIMINACION Y PREJUICIOS PARA MUJERES, HOMBRES Y PERSONAS LGBTI: en esta línea, las autoridades en salud buscan fomentar el desarrollo de actividades encaminadas a superar las brechas por razones de género y orientación sexual a través de la adecuación institucional en la prestación de servicios de salud (promoción, prevención, atención y rehabilitación) por parte de los actores del SGSSS y la institucionalidad de los regímenes especiales y de excepción.

Cada una de estas líneas será implementada de forma paulatina, desde el principio de gradualidad o progresividad para las acciones que se proponen. También cabe anotar que estos lineamientos cuentan con anexos técnicos para facilitar los procesos de ejecución de este importante cambio para el SGSSS. Esto último podrá ser visualizado en el documento oficial del proyecto de resolución que se adjunta a continuación:

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