EPS a reportar giros
La Presente Resolución tiene por objeto establecer los plazos y reglas a que deberán sujetarse las Entidades Promotoras de Salud para el reporte de la información al Ministerio de la Protección Social de los montos a girar a las Entidades Prestadoras de Servicios de Salud y el registro de las cuentas por parte de éstas, que permita el giro directo de los recursos del Régimen Subsidiado a la red prestadora de servicios de salud y establece los requisitos para el registro de las cuentas de las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud y los documentos que deben remitir.
ConsultorSalud lo invita a leer la Resolución 2320 de 2011 a continuación