A través de un nuevo proyecto de resolución, el Ministerio de Salud da a conocer las condiciones para los reportes de nacimientos y defunciones en el país. De igual manera, en el documento especifica la herramienta que se utilizará para dicho proceso.
“Los hechos vitales que no sean atendidos por el sector salud y de los cuales se tenga conocimiento, deberán ser notificados a la secretaría de salud de su jurisdicción, para que esta los reporte al Ministerio de Salud”, indica la resolución en borrador. Dentro de sus competencias, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses debe asegurar el reporte de las defunciones que requieran necropsias médico-legales a la cartera sanitaria.
En esa medida, las disposiciones para el reporte de nacimientos y defunciones serán de cumplimiento obligatorio para profesionales de la medicina en ejercicio o en servicio social obligatorio, IPS, instituciones de salud de los regímenes Especial y de Excepción, Unidades Básicas de Medicina Legal, Administradoras de Planes de Beneficios de Salud, Secretarías de Salud del orden departamental, distrital y municipal o la entidad que haga sus veces. También regirán para el personal de salud autorizado para certificar nacimientos y defunciones con fines estadísticos y demás actores que utilicen la herramienta para el reporte de los nacimientos y las defunciones.
Herramientas para la digitalización del reporte de nacimientos y defunciones
En cumplimiento de sus competencias, el Ministerio de Salud gestionará la herramienta tecnológica destinada a la recolección, modificación y consulta en línea de los nacimientos y defunciones ocurridos en el país. Las variables relacionadas con estos eventos serán validadas por el DANE y la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC), quienes garantizan su correcta inclusión en el Sistema de Registro Civil y Estadísticas Vitales. Estas variables servirán tanto para la producción de estadísticas vitales como para la expedición de certificados de antecedentes con fines registrales.
Los reportes generados en la plataforma serán accesibles para las entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud y para los regímenes Especial y de Excepción, mediante los mecanismos establecidos por el Ministerio de Salud. Además, se proporcionarán manuales operativos actualizados para la creación de usuarios y para el funcionamiento de la aplicación web, a fin de garantizar el uso adecuado de la herramienta en todo momento.
Adicionalmente, la RNEC en sus niveles central y desconcentrado, podrá realizar consultas en línea de los hechos vitales reportados en la plataforma, siempre con la autorización de los delegados correspondientes. De igual manera, el DANE y el Instituto Nacional de Medicina Legal tendrán acceso a los datos para realizar consultas individuales o consolidadas, según sea necesario para fines estadísticos o forenses, cumpliendo con los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para la creación de usuarios.
Teniendo en cuenta las disposiciones legales para el tratamiento de información, las entidades enacragadas de los reportes son responsables de garantizar la veracidad, confidencialidad, integridad, custodia y disponibilidad de los datos reportados a través de la aplicación web, tanto en sus procesos informáticos como con los terceros implicados. Además, deberán utilizar y asegurar las técnicas necesarias para prevenir riesgos como la suplantación, alteración, extracción, secuestro y cualquier acceso o uso no autorizado o fraudulento de los datos, en cumplimiento con las normativas vigentes emitidas por el Archivo General de la Nación, la Superintendencia de Industria y Comercio y el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Responsabilidades asignadas a las IPS para el reporte de nacimientos y defunciones:
- Garantizar las condiciones técnicas, humanas y administrativas requeridas para el reporte de los nacimientos y las defunciones.
- Garantizar el uso adecuado y la administración de usuarios para la aplicación web.
- Garantizar la calidad, la cobertura y la oportunidad del reporte de los nacimientos y las defunciones.
- Realizar el reporte de los nacimientos y defunciones a través de la aplicación web.
- Garantizar la idoneidad y capacitación en la aplicación web y certificación de los hechos vitales de los profesionales de la salud.
El proyecto de resolución estará abierto a comentarios hasta el próximo 6 de diciembre. Las observaciones se recibirán en el correo electrónico: [email protected]. Conozca el documento a continuación: