Colombia adoptará convenio que mejora condiciones del personal de enfermería

Colombia adoptará convenio que mejora condiciones del personal de enfermería
[favorite_button]
Comentar

El pasado 1 de noviembre, la Comisión Segunda del Senado de la República aprobó por unanimidad el proyecto de ley N° 79 de 2022, con el que se adopta el Convenio 149 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que mejora las condiciones laborales para el personal de enfermería; segmento del talento humano en salud afectado por la tercerización y la precarización de los contratos.

El Convenio 149 de la OIT busca mejorar la situación de los trabajadores de enfermería, puesto que en numerosos países no cuentan con el reconocimiento sectorial que merecen por la labor que ejercen. En la actualidad, este grupo de profesionales sanitarios se ve afectado por la escasez de personal, la asignación inadecuadas de roles dentro del ámbito laboral y discriminación.

También le puede interesar: Etiquetado de alimentos ultraprocesados: Análisis del impacto normativo

Con la adopción de este convenio internacional, el Estado deberá implementar medidas para brindar al talento humano beneficiado: educación y formación apropiada para ejercer sus funciones; condiciones de trabajo con perspectivas de carrera, capaces de atraer y mantener al personal formado en enfermería o en etapas de aprendizaje.

Al respecto, Colombia cuenta con dos categorías definidas para quienes laboran en este campo: profesionales en enfermería, regulados por la Ley 266 de 1996 y auxiliares en enfermería, personal categorizado como perfil ocupacional reglamentado en el Decreto 3616 de 2005, documento que recopila los requisitos básicos necesarios para adquirir las competencias correspondientes.

No olvide leer: Balance de la reunión del Ministerio de Salud con la ACHC

De acuerdo con cifras aportadas por el senador Iván Cepeda al presentar este proyecto, en el país se cuentan aproximadamente 66.000 profesionales en enfermería y 273.000 auxiliares. Los registros de la plantilla de aportes PILA, para el año 2018, el salario de un profesional en el campo rondaba los $2’600.000 y el de un auxiliar de enfermería, $1’191.000.

Los contratos que tiene en su gran mayoría el personal, especialmente los auxiliares, son contratos con una duración de 3 a 6 meses; el oficio está categorizado de una manera peyorativa, su reconocimiento es, socialmente, invisible.

El proyecto de ley fue impulsado por el senador Iván Cepeda, quien se refirió a este convenio como una medida de protección de los derechos de aquellos que se dedican a este campo.

Este Congreso ha examinado durante tres oportunidades distintas este convenio: en 2001, 2002 y en 2014 y no ha tenido la altura, el cuidado de aprobarlo. (…) Hagamos un honor y homenaje a quienes cumplen uno de los más importantes oficios y una de las más importantes profesiones en la vida de nuestro país.

expresó el senador Cepeda durante la presentación del proyecto de ley ante la Comisión Segunda.

Para el parlamentario, a pesar de que los médicos son constantemente exaltados por las condiciones propias de su ocupación, no ocurre lo mismo con los trabajadores de enfermería, quienes también dedican gran parte de sus días al cuidado de los pacientes.

En su exposición, también hizo hincapié en las dificultades que se han vuelto cotidianas para este grupo de trabajadores de la salud en el país: no hay posibilidades para la actualización de formación y actualización de conocimientos, hay falencias para dotar al personal de enfermería con los elementos básicos para su bioseguridad, son requeridos para cumplir turnos que sobrepasan las horas laborales pactadas, no tienen acceso a seguridad social en los mismos términos que otros sectores laborales.

Le puede interesar: Supersalud sancionó a la EPSI AIC por desatención de niños con desnutrición en La Guajira

¿Qué significa la adopción del Convenio 149 de la OIT para el ejercicio de la enfermería?

De acuerdo con el Convenio 149 de la OIT y bajo las consideraciones del gobierno colombiano, éste se compromete a implementar las disposiciones establecidas para brindar las garantías suficientes y en todos los términos a quienes ejercen en este campo del área de la salud. Al respecto, y en específico para las condiciones laborales, se deberá cumplir con lo siguiente y tomando como referentes las garantías existentes para otros trabajadores, tanto a nivel nacional como internacional :

  • Claridad en los contratos: horas de trabajo, incluida la reglamentación y compensación de horas extraordinarias, horas incómodas y penosas, trabajo por turnos.
  • Descanso semanal
  • Vacaciones anuales pagadas
  • Licencia de maternidad, licencia de enfermedad, licencia de educación
  • Seguridad social

“Las disposiciones del presente Convenio, en la medida en que no se apliquen por vía de contratos colectivos, reglamentos de empresa, laudos arbitrales, decisiones judiciales o cualquier otro medio conforme a la práctica nacional y que se considere apropiado, habida cuenta de las condiciones particulares de cada país, deberán ser aplicadas por medio de la legislación nacional”, se lee en el documento.

La implementación del Convenio 149 de la OIT entrará en vigor después de la ratificación por parte de los miembros. Lo invitamos a conocer los detalles en el archivo adjunto:

No olvide leer: Actores sectoriales rediseñan estrategias para superar el desabastecimiento de medicamentos

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Preinscríbete y recibe información ampliada
XIX Congreso Nacional de Salud

* Todos los campos son requeridos

Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda

¡Gracias por su información!

El formulario ha sido enviado exitosamente, por favor verifique su bandeja de correo electrónico, enviaremos información ampliada sobre el XIX Congreso Nacional de Salud.

Pronto uno de nuestros asesores te contactará.