El proyecto de Decreto establece tiene por objeto establecer el procedimiento para calificar en primera oportunidad el origen, la fecha de estructuración, la pérdida de capacidad laboral u ocupacional y el grado de invalidez, el cual comprende las acciones y etapas que deben realizar las personas y las entidades de seguridad social, así como las reglas y obligaciones que deben cumplir los intervinientes del mismo; procedimiento que le otorgará al trabajador las garantías de un debido proceso y el derecho de defensa.
El procedimiento para calificar en primera oportunidad el origen, la fecha de estructuración, la pérdida de capacidad laboral u ocupacional y el grado de invalidez, tendrá como finalidad el reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas contempladas en los Sistemas de Salud, riesgos Laborales y Pensiones, y facilitar dentro dichos sistemas el proceso de reembolsos, basados en la calificación del origen que determina con cargo a cual sistema y recursos se asumirán las prestaciones a que tiene derecho el trabajador.
Competencia para calificar en primera oportunidad.
La calificación en primera oportunidad del origen y/o pérdida de capacidad laboral u ocupacional,
fecha de estructuración, y el grado de invalidez, corresponde a la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones -, a las Administradoras de Riesgos Laborales -ARL-, a las compañías de seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte, a las Entidades Promotoras de Salud –EPS.
La prestación de los servicios de salud no pueden ser interrumpidos ni suspendidos por la Empresas Promotora de Salud, cuando se expide la calificación de primera oportunidad por cualquiera de las entidades facultadas, ni mientras se surte el trámite previsto en el presente decreto, y hasta que exista un dictamen en firme.
Descargue
PROYECTO DE DECRETO – NUEVA CALIFICACION DE CAPACIDAD LABORAL