Durante este mes de agosto fue radicado el Proyecto de Ley 177 de 2026 Cámara propone incorporar la termografía infrarroja clínica asistida por inteligencia artificial como método complementario de tamizaje de cáncer de mama en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). La iniciativa plantea una implementación gradual mediante un piloto nacional y condiciona una eventual financiación con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) a una evaluación técnico-científica previa. No se trata de una tecnología actualmente incorporada a la ruta nacional ni de un reemplazo de la mamografía.
La ficha oficial de la Cámara identifica la iniciativa como Proyecto de Ley 177 de 2026 Cámara, radicada el 3 de agosto de 2026, de autoría del representante Julio Roberto Salazar Perdomo y tramitada como ley ordinaria. Su radicación abre el proceso legislativo, por lo que las disposiciones descritas en el proyecto aún no generan obligaciones para pacientes, EPS, IPS o autoridades sanitarias.
Termografía con IA para cáncer de mama: ¿qué propone el proyecto?
La termografía médica registra la radiación infrarroja emitida por la superficie corporal y genera mapas térmicos. En la propuesta legislativa, los algoritmos de inteligencia artificial se utilizarían para analizar esas imágenes e identificar patrones considerados sugestivos de riesgo, con el propósito de orientar la priorización hacia estudios posteriores.
El propio articulado delimita su alcance: define la termografía con IA como una herramienta complementaria y señala que no sustituiría la mamografía ni los estudios imagenológicos o histopatológicos confirmatorios. En otras palabras, un hallazgo termográfico no equivaldría a un diagnóstico de cáncer.
La discusión se produce en un contexto en el que persisten retos relacionados con acceso y oportunidad en la tamización con mamografía, particularmente por las diferencias territoriales en capacidad instalada y continuidad de las rutas diagnósticas.
¿Qué mujeres serían priorizadas?
El artículo 3 establece varios grupos prioritarios. Entre ellos se encuentran las mujeres de 30 a 50 años con factores de riesgo clínico elevado o síntomas sugestivos y aquellas con mamas densas clasificadas en las categorías C o D de BI-RADS. También contempla mujeres con contraindicación formal para mamografía.
La propuesta incluye además a mujeres residentes en municipios de categorías 4, 5 o 6 o en zonas rurales dispersas cuando no tengan acceso a mamografía en un plazo superior a 60 días, así como a quienes hayan sido identificadas dentro de programas de riesgo genético o familiar de cáncer de mama.
Para realizar la prueba se exigiría consentimiento informado previo, con explicación expresa de sus alcances y limitaciones y del derecho de la paciente a acceder a mamografía u otros estudios confirmatorios independientemente del resultado termográfico. El proyecto también admite su utilización excepcional en hombres con sospecha clínica de cáncer de mama, bajo criterio del médico tratante.
La Resolución 3280 tendría que ser ajustada
Uno de los principales efectos regulatorios propuestos aparece en el artículo 4. Si el proyecto llegara a convertirse en ley, el Ministerio de Salud y Protección Social tendría que modificar y complementar la Resolución 3280 de 2018 para determinar en qué punto de la ruta se utilizaría la termografía con IA.
La reglamentación tendría que establecer los criterios de indicación, la ruta hacia ecografía, mamografía o biopsia según corresponda y los tiempos máximos de respuesta. Para los resultados clasificados como riesgo intermedio, el proyecto contempla un control termográfico a los tres meses acompañado de educación sobre signos de alarma y seguimiento del caso.
El cambio planteado, por tanto, estaría en incorporar una herramienta adicional de priorización dentro de la ruta y no en sustituir los métodos utilizados actualmente para confirmar o descartar una lesión.
Piloto nacional evaluaría resultados antes de una posible expansión
La iniciativa crea un Programa Piloto Nacional de Evaluación de la Termografía Mamaria con IA con una duración de 24 meses contados desde la expedición de los estándares técnicos.
Su propósito sería generar evidencia colombiana sobre desempeño operativo, aceptabilidad, oportunidad diagnóstica y costo-efectividad antes de tomar una decisión sobre una eventual expansión. MinSalud tendría que entregar reportes semestrales a las comisiones séptimas del Congreso y publicar un informe final que sirva para decidir si el programa se amplía, modifica o descontinúa.
El documento prevé que el piloto cubra al menos cinco departamentos. Sin embargo, el texto oficialmente enlazado por la Cámara presenta una diferencia interna que deberá aclararse: el artículo 6 menciona a La Guajira, Atlántico, Cundinamarca, Bolívar y Magdalena, mientras la exposición de motivos y el cronograma reemplazan a Cundinamarca por Valle del Cauca. Por esa razón, no es posible presentar todavía una lista territorial definitiva.
¿Cómo se financiaría el piloto y qué pasaría con la UPC?
La exposición de motivos calcula un costo inicial indicativo de entre $6.500 millones y $9.500 millones para seis unidades móviles, capacitación y el sistema de evaluación y tecnovigilancia. A esa cifra se sumarían los gastos de operación mensual durante el piloto.
Es importante precisar que no corresponde a un presupuesto aprobado ni a una asignación ya realizada. El mismo documento califica la estimación como preliminar y señala que la cuantificación definitiva tendría que ser validada por los ministerios de Salud y Hacienda.
Las fuentes propuestas incluyen recursos del Presupuesto General de la Nación para el sector salud, recursos del SGSSS y territoriales y, cuando corresponda, cooperación internacional y regalías de ciencia, tecnología e innovación.
La iniciativa tampoco incorpora automáticamente el procedimiento a la UPC. Para una eventual financiación con estos recursos, establece una evaluación técnico-científica previa del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS). Mientras esa evaluación no se produzca, el texto dispone que el piloto no sea financiado con cargo a la UPC.
EPS, Supersalud e INVIMA tendrían responsabilidades específicas
En los territorios participantes, las EPS tendrían que garantizar la remisión oportuna hacia mamografía, ecografía o biopsia cuando una mujer presente un hallazgo de riesgo y asegurar la continuidad de la ruta diagnóstica y terapéutica cuando corresponda.
La Superintendencia Nacional de Salud quedaría encargada de ejercer inspección, vigilancia y control sobre esas obligaciones.
Por otra parte, el Ministerio de Salud, en coordinación con el INVIMA y el Instituto Nacional de Cancerología, tendría que adoptar estándares mínimos para los equipos termográficos y el software de inteligencia artificial, incluyendo requisitos de validación clínica, trazabilidad de los algoritmos, protocolos de captura y tecnovigilancia.
El proyecto también contempla interoperabilidad de la información con SISPRO y RIPS y medidas específicas de ciberseguridad, anonimización y protección de datos personales.
¿Qué evidencia respalda la termografía con IA y cuáles son sus límites?
La exposición de motivos cita, entre otros trabajos, un estudio prospectivo publicado en Frontiers in Artificial Intelligence en enero de 2023 que evaluó el sistema Thermalytix en 459 mujeres de entre 30 y 80 años. El estudio reportó una sensibilidad global de 95,24 % y una especificidad de 88,58 %.
Esas cifras requieren contexto. El trabajo evaluó un producto específico, no todas las tecnologías de termografía con IA; incluyó tanto mujeres sintomáticas como asintomáticas y registró únicamente 21 cánceres confirmados, de los cuales 19 correspondían a participantes sintomáticas. Por ello, sus resultados no equivalen a demostrar el desempeño de la termografía como estrategia de tamizaje poblacional en Colombia.
También existe un elemento relevante para la lectura crítica de esa evidencia: el estudio fue financiado por Niramai Health Analytix, fabricante de Thermalytix, y cuatro de sus autores declararon ser empleados de la compañía. Los propios investigadores concluyeron que, aunque los resultados eran prometedores, se necesitaban estudios en poblaciones más amplias para precisar el lugar de esta tecnología dentro de la ruta de atención.
A ello se suma la posición regulatoria de la FDA sobre termografía y cáncer de mama. La agencia estadounidense señala que la termografía no ha demostrado ser eficaz como prueba independiente de tamizaje y que los dispositivos termográficos que ha autorizado lo han sido como herramientas complementarias utilizadas junto con un método primario como la mamografía.
Estas limitaciones son coherentes con el diseño del proyecto colombiano, que plantea evaluar la tecnología antes de una posible expansión y mantiene los métodos confirmatorios dentro de la ruta.
¿Qué cambia hoy para pacientes y actores del sistema?
Por ahora, no cambia la práctica asistencial. El Proyecto de Ley 177 de 2026 Cámara es una iniciativa en trámite: no modifica actualmente la Resolución 3280 de 2018, no crea una nueva prestación financiada con UPC y no genera obligaciones inmediatas para las EPS o los prestadores.
Para que la propuesta tenga efectos jurídicos deberá completar el trámite legislativo y ser sancionada como ley. A partir de allí serían necesarias la reglamentación, la definición de estándares técnicos, la ejecución y evaluación del piloto y, en caso de considerarse una financiación con UPC, la valoración técnico-científica prevista en el propio proyecto.
La discusión que abre la iniciativa no consiste, por tanto, en reemplazar la mamografía por inteligencia artificial, sino en determinar si la termografía asistida por IA puede demostrar suficiente seguridad, desempeño clínico, utilidad operativa y costo-efectividad para ocupar un lugar complementario dentro de la detección temprana del cáncer de mama en Colombia.