Mediante Resolución 4083 de 2014 el Ministerio de Salud y Protección Social autoriza a BAYER S.A el uso de la Soya A2704-12 en alimentación para consumo humana en todo el territorio nacional, con vigencia de cinco años renovables.
La Solicitud fue hecha desde el año 2011 ante el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad- OMV para analizar la documentación que soporta la evaluación de riesgos e inocuidad para la Soya A2704-12.
Después de tres años de evaluación de análisis se demostró que la introducción del gen pat no afecta la composición nutricional del grano. Sin embargo, en el artículo 2 se autoriza que si se reportan efectos nocivos en la salud humana, BAYER S.A desarrollará cada una de las fases del documento de gestión de riesgo, para prevenir, evitar, mitigar y controlar los efectos adversos a la salud humana que se puedan presentar.
Asimismo deberá cumplir con lo acordado en el Protocolo de Cartagena en el literal a numeral 2 del artículo 18, consignado en la ley 740 de 2002 y en el artículo 7 de la Resolución 4254 de 2011.
Por su parte, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA y las Direcciones Territoriales de Salud serán los encargados de vigilar y controlar el uso que se haga de la tecnología Soya A2704-12.
La presente Resolución entra en vigencia a partir de su publicación