El Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Resolución 1121 de 2016 hace una adición de $180 mil millones a la Línea de Crédito de Tasa Compensada del Fidenter, para las IPS que no han accedido a dicho beneficio.
Las IPS que no hayan sido beneficiadas con este crédito, y que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 3 de la Resolución 3460 de 2015, deben presentar ante la Dirección de Financiamiento Sectorial, el Formato 1 “Solicitud de Certificación de Potencial Beneficiario de la Línea de Crédito con Tasa Compensada”.
Las IPS que anteriormente hayan presentado la solicitud y que recibieron certificado de “Potencial Beneficiario” no deberán presentar una nueva solicitud, a no ser que la certificación haya vencido.
El plazo para presentar las solicitudes es durante todo el mes de Mayo de 2016.
La Resolución 1121 de 2016 entra en vigencia a partir de su publicación y modifica la Resolución 5588 de 2015.