A través de un proyecto de Resolución, el Ministerio de Salud y protección Social amplió la vigencia de los certificados de acreditación en salud otorgados a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, ante la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Con este proyecto ha indicado el Minsalud, se busca ampliar la dictada inicialmente con la Resolución 2082 de 2014 donde se disponía que, para la operatividad del Sistema Único de Acreditación en Salud, se determinará como responsabilidades de la entidad acreditadora las siguientes:
- La vigencia del certificado de acreditación por un término de cuatro (4) años,
- El otorgamiento o negación de la acreditación a las entidades que hayan adelantado el proceso encaminado a la obtención de la acreditación y el numeral
- Efectuar dentro de los cuatro años de vigencia de la acreditación, como mínimo dos (2) seguimientos a la acreditación otorgada y definir el procedimiento a seguir para el efecto.
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¿Por qué no se han realizado estas certificaciones?
Según el Gobierno Nacional, tras a la emergencia sanitaria por el covid-19 las visitas de campo para la renovación de la acreditación no han podido efectuarse debido a que implica recorridos y desplazamientos al interior de la institución prestadora de servicios de salud, lo cual genera riesgo para el personal de la institución, el personal de la entidad acreditadora y para los propios pacientes.
Ampliación de los certificados de acreditación en salud
El documento contempla que hasta tanto dure la emergencia sanitaria, los certificados de acreditación en salud otorgados a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que estén vigentes y que venzan en dicho periodo, se les amplia el término en ocho (8) meses más.
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Comunicación a la institución prestadora de servicios de salud
Finalmente, el ente acreditador comunicará a las instituciones prestadoras de servicios de salud, la fecha desde la cual se les amplia el termino de vigencia del certificado de acreditación, así como la fecha de vencimiento.