El Ministerio de Salud publicó el proyecto de resolución con el que define el porcentaje de los rendimientos financieros de la cuenta maestra de recaudo de cotizaciones en salud, a apropiarse por las Entidades Promotoras de Salud -EPS- y demás Entidades Obligadas a Compensar – EOC para la vigencia 2022.
“Fíjese en un setenta por ciento (70%) el porcentaje de los rendimientos financieros de las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones en salud, a apropiarse por las EPS y demás E EOC, durante la vigencia 2022, para financiar las actividades relacionadas con la gestión de cobro de cotizaciones y el manejo de la información sobre el pago de aportes y los servicios financieros asociados al recaudo” especifica el documento.
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Además se establece que las EPS que estén en proceso de liquidación y por el periodo que este se extienda, podrán apropiarse del veinte por ciento (20%) de los rendimientos financieros de las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones en salud.
Una vez entren en operación las cuentas de recaudo de que trata el Decreto 1437 de 2021, la ADRES reportará la información de los costos bancarios y los rendimientos de las cotizaciones al Ministerio de Salud con el fin de evaluar la procedencia de ajustar los porcentajes determinados.
Ambos porcentajes no han variado desde hace más de cuatro años, pero es la primera vez que el Ministerio de Salud evaluará con la información de la ADRES la pertinencia de estos porcentajes.