La Resolución 3243 de 2013 distribuye los recursos de excedentes de aportes patronales correspondientes a activos remanentes del recaudo de aportes al Sistema general de Seguridad Social en Salud provenientes del proceso de liquidación de CAJANAL EPS.
Se cancelaran con los recursos las deudas por servicios prestados a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda (población pobre no asegurada, y eventos no incluidos en el POSS) a cargo de los departamentos y distritos.
PRIORIZACION
Se pagarán primero las deudas más antiguas que se hallen debidamente depuradas, conciliadas y auditadas con las ESE, dando prelación a aquellas ESE categorizadas en riesgo medio o alto.
Si el departamento distrito no tuviera deudas que cumplan con el anterior criterio priorizara las deudas que tenga con las EPS del régimen subsidiado, o IPS privadas privilegiando las deudas más antiguas.
Estos recursos no se podrán utilizar para pagar intereses causados por mora en el pago de las deudas.
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Resolución 3243 de 2013 – Recursos para pagar deudas NO POS a ESE, EPS e IPS del RS