Bogotá habilita desde hoy procedimientos médicos y aforo en eventos al 100%

Con la expedición del Decreto 442 de 2021, la Alcaldía Mayor de Bogotá establece las condiciones para la reactivación social y económica de la ciudad de manera definitiva
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La Alcaldía Mayor de Bogotá habilitó el aforo al 100% en los eventos masivos que se desarrollen en la capital. La medida comunicada por el Dr. Alejandro Gómez, secretario distrital de salud también aplicará para restaurantes, gastrobares, bares, discotecas, escenarios deportivos, parques de diversiones, museos, ferias, cines y demás escenarios. Para que los establecimientos se beneficien, deberán solicitar como requisito de ingreso el carné de vacunación o el certificado digital de inmunización.

Por su parte, los propietarios, administradores y organizadores, así como el personal que laboren en eventos o lugares de asistencia masiva deberán estar vacunados contra el covid-19, presentando el documento que certifique la inmunización antes de iniciar con sus tareas cotidianas. Inicialmente, la medida aplicará para las personas mayores de 18 años, sin eximir a los menores de edad entre los 12 y 18 años, pues se exigirá su carné de vacunación desde el 30 de noviembre. Para los niños entre 0 y 12 años, se permitirá su ingreso si sus acudientes cumplen con la medida.

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Según el Decreto 442 de 2021, la autorización del aforo total no elimina las medidas de bioseguridad que se han establecido dentro del territorio nacional. Es decir, siguen siendo requisitos obligatorios la utilización del tapabocas fuera de los lugares de residencia, ventilación adecuada y obligatoria para los establecimientos públicos y privados, continuidad en las medidas de higiene y bioseguridad. “Nuestro interés es que la ciudadanía asista a todos los eventos masivos, pero vacunados (…) todos tenemos que entender que el Covid-19 no se ha ido, lamentablemente ayer fallecieron dos personas a causa del virus, es por ello que la vacunación es tan importante y adicionalmente tenemos que seguir cuidándonos”, señaló el Dr. Gómez al hablar sobre la directriz.

En caso de que se detecte el incumplimiento, la Alcaldía de Bogotá tomará los correctivos correspondientes y de ser necesario, se llegará a la suspensión económica del establecimiento. Para evitarlo -y a manera de incentivo-, las autoridades locales recordaron a la ciudadanía que la vacunación contra covid-19 es un procedimiento gratuito para el que se han habilitado 30 puntos distribuidos en toda la ciudad. Es importante tener en cuenta que, se permitrá el ingreso desde que se registre la administración de la primera dosis (como mínimo).

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¿Cuáles procedimientos médicos han sido autorizados en Bogotá?

De acuerdo con el Decreto 442 de 2021, se ha autorizado la realización de procedimientos médicos electivos de los diferentes servicios de internación, quirúrgicos, consulta externa, protección específica y detección temprana, de apoyo diagnóstico y complementación terapéutica.

Sin embargo, recae sobre el prestador la evaluación del riesgo de los procedimientos, sin afectar la capacidad y la disponibilidad de hospitalización, cuidado intermedio y cuidadó intensivo para personas afectadas por COVID-19. Lo anterior tanbién incluye la disponibilidad de insumos vitales como medicamentos para la sedación, analgesia y relajación. Por su parte, las IPS públicas y privadas deben garantizar la oferta máxima de camas para hospitalización, cuidado intermedio y cuidado intensivo, dependiendo del comportamiento de la pandemia en la ciudad.

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Como mínimo, las IPS deben garantizar la capacidad máxima de UCI que tuvo la ciudad durante el tercer pico. Además, “deberán priorizar las acciones de su plan de expansión y/o de reorganización de servicios asistenciales orientadas a garantizar la disponibilidad del talento humano en salud requerido, los equipos biomédicos suficientes, los insumos médicos y medicamentos necesarios”.

Por último, se debe tener en cuenta que la habilitación de procedimientos médicos electivos en el marco de la pandemia podrá ser modificada por la Secretaría Distrital de Salud, según el comportamiento epidemiológico que se registre en Bogotá.

Consulte el Decreto 442 de 2021 sobre el aforo y otras medidas que regirán en Bogotá desde este 16 de noviembre aquí:

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