SCARE insta a MinSalud a revocar la resolución de RIPS y facturación electrónica

SCARE insta al MinSalud a revocar la resolución de RIPS y facturación electrónica
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La Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación (SCARE) emitió un comunicado el pasado 19 de marzo, en el que ha instado al Ministerio de Salud a revocar o derogar la Resolución 2275 de 2023, ‘por la cual se expide la resolución única reglamentaria del Registro Individual de Prestación de Servicio de Salud (RIPS)’, así como a detener la expedición del proyecto que propone extender el plazo para la entrada en vigor de dicha resolución.

Según argumenta SCARE, la resolución 2275 de 2023 y el proyecto de resolución vulneran el artículo 15 de la ley 1966 de 2019, que regula la Factura Electrónica en Salud. Como tal, esta ley establece que Minsalud definirá lineamientos, soportes y términos asociados con la FV en salud, en coordinación con la DIAN. Frente a ello, “en la resolución y en el proyecto que amplía el término para su entrada en vigencia, no están definiendo lineamiento, sino que están creando un requisito adicional, lo cual vulnera la potestad dada por la ley al Ministerio de Salud”.

Igualmente, SCARE ha destacado que normativa contraviene la prohibición explícita de realizar auditorías previas para la presentación de facturas, tal como lo estipula la ley 1438 de 2011. Esta norma prohíbe específicamente cualquier auditoría previa o práctica que obstaculice la entrega de facturas. Según la sociedad, esta disposición se ve infringida por la resolución de 2023, la cual introduce como requisito adicional un mecanismo único de validación a cargo del Ministerio de Salud, incorporando un Código Único de Validación.

Otro punto en el que se puntualizó fue el establecimiento de la historia clínica interoperable dentro del tipo de datos RIPS. A pesar de que esta no está funcionando plenamente en el territorio nacional, esto genera dificultades adicionales para los profesionales de la salud al exigir el cumplimiento de requisitos que no están plenamente implementados.

SCARE también enfatizó en una posible contradicción con la resolución 2284 de 2023 que fue expedida a finales del mes de diciembre del año pasado y que establece que la entidad responsable de pago no podrá exigir un proceso de auditoria previa para radicar facturas. No obstante, la resolución 2275, adiciona un mecanismo único de validación por parte de Minsalud que pondría en contradicción lo anterior.

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SCARE teme por los derechos laborales de los médicos

Frente a los plazos para radicar facturar y RIPS, la resolución 2275 establece un plazo de 22 días para la radicación de estos que deben ser aprobados por el mecanismo único de validación de Minsalud. Sin embargo, la sociedad explica que, si este mecanismo no funciona, los médicos podrían perder la oportunidad de radicar facturas constituyendo así un agravio injustificado que lleva a la violación de sus derechos al trabajo y al pago de sus remuneraciones.

Entre tanto, la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación reitera que Minsalud debe reconsiderar la expedición de la resolución 2275 y en consecuencia no expedir ninguna otea normal que amplíe la fecha de la entrada en vigencia de la misma.

“Debe proceder a revocar o derogar la disposición señalada, protegiendo de esta forma la integridad de ordenamiento en el sentido que no se contraríen leyes de la república y protegiendo los derechos de los profesionales, los cuales puedes resultar seriamente perjudicados por la creación de estos requisitos adicionales de validación”, destaca SCARE.

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