Reforma tributaria: nuevos avances tras su paso en el Senado

Reforma tributaria nuevos avances tras su paso en el Senado
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En la madrugada de este 3 de noviembre, el Senado de la República aprobó la versión final de la reforma tributaria impulsada por el gobierno de Gustavo Petro. Luego de un debate de más de 10 horas, CONSULTORSALUD presenta los últimos ajustes sobre este proyecto de ley, que continúa su debate en la Cámara de Representantes, catalogado por algunos expertos como uno de los más ambiciosos del cuatrienio. Sin embargo, solo se conocerá el texto conciliado la próxima semana.

El debate se estancó por momentos, debido a las múltiples intervenciones frente a los artículos más controversiales de la reforma, entre los que se encuentran los impuestos a los alimentos ultraprocesados, el tributo a las iglesias,  la no deducibilidad de regalías para las empresas de minería y energía, entre otros. Cabe señalar que, el monto de recaudo inicial y esperado ($25 billones) será menor y rondará los $20 billones, tras las modificaciones.

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1- Habrá cárcel para evasores de impuestos

En el texto aprobado por el Senado, se incluyó un artículo que describe las sanciones para el delito de omisión de activos o inclusión de pasivos y el de defraudación tributaria. En el primer caso, las personas que declaren un menor valor o pasivos inexistentes incurrirá en prisión de 48 a 108 meses, (4 a 9 años); sin embargo, si los valores omitidos son superiores a los 2.500 salarios mínimos, pero inferior a 5.000, las penas se incrementarán en una tercera parte.

En el caso de evasión tributaria; es decir, aquellos que estando obligados a declarar renta no lo hagan, realicen el proceso de manera incompleta (omita ingresos, reclame créditos fiscales o retenciones) para generar un saldo a favor en declaraciones tributarias en un monto igual o superior a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes e inferior a 2.500 salarios mínimos serán privados de la libertad durante 36 a 60 meses de prisión (3 a 5 años). Dicha pena se incrementará cuando l valor sea superior a 2.500 salarios e inferior a 5.000 salarios mínimos, las penas previstas en este artículo se incrementarán en una tercera parte.

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2- Impuestos para el sector minero y energético siguen sin cambios

A pesar de las solicitudes del sector y de los análisis presentados sobre el tema, uno de los logros de la reforma tributaria es la implementación de la sobretasa de renta al petróleo y al carbón, tomando como referente los precios de la última década en el mercado internacional. El impuesto al petróleo se hará de manera progresiva, de 5, 10 y 15%, mientras que para el carbón será del 5 o 10%; adicionalmente, las regalías no deducibles se mantendrán sin cambios.

Las medidas de la reforma tributaria “tratan de capturar del ingreso de los sectores que están en mayor auge para las finanzas públicas y especialmente para el gasto social”, señaló el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo durante el debate. Cabe destacar que, con esta modificación, ambos sectores serán los que mayor aporten al esquema de tributación propuesto por el gobierno nacional.

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3- ¿Y el impuesto al pan y los alimentos ultraprocesados?

Desde que se presentó la reforma tributaria, los llamados ‘impuestos saludables’ que generarán un aumento de precio en varios de los alimentos que habitualmente consumen los colombianos, con el fin de promover estilos de vida más saludables entre la población. De manera que, se entienden como alimentos ultraprocesados a aquellos que están elaborados con una elevada cantidad de azúcares, grasa o sodio.

Hasta la fecha, en Colombia no existe una normativa clara que obligue a las empresas fabricantes de estos productos a informar sobre los efectos negativos que generan sobre la salud de los consumidores, en especial cuando los hábitos nutricionales -según expertos en la materia- no son los mejores.

De manera que, desde julio de 2023 serán gravadas las bebidas azucaradas, según la cantidad de azúcar que contengan (el impuesto será más alto en aquellos productos con niveles más elevados de esta sustancia) y desde septiembre, los alimentos tipo snack (con bajo valor nutricional).

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La tarifa del impuesto será del diez por ciento (10%) en el año 2023, del quince por ciento (15%) en el año 2024 y del veinte por ciento (20%) a partir del año 2025, de acuerdo con la propuesta de reforma tributaria. Cabe anotar que, se llevará a cabo un periodo de transición para el incremento de precios, reduciendo el impacto sobre los hogares colombianos.

Otro punto importante a considerar es la exclusión de ciertos alimentos que habían sido incluidos en la propuesta inicial. Tal es el caso del pan, leche, quesos galletería y obleas, productos que salieron de la lista tras varios debates y análisis con los productores, especialmente en el impacto que el impuesto tendría sobre las empresas de pequeña escala.

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