El pasado 28 de mayo de 2025, la Comisión Cuarta del Senado de Colombia aprobó en tercer debate el proyecto de reforma laboral, marcando un hito legislativo que propone modificar 75 artículos del régimen laboral vigente. De estos, 73 fueron aprobados sin cambios sustanciales frente a la ponencia mayoritaria, lo cual permite anticipar su inminente aprobación final en el Congreso.
La reforma, impulsada bajo el principio de dignificar el trabajo y garantizar condiciones justas para los empleados formales, redefine aspectos clave como las modalidades de contratación, la jornada laboral y los recargos por trabajo en horarios especiales. No obstante, un análisis técnico de la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIF) advierte que el proyecto omite una visión integral del mercado laboral colombiano, caracterizado por una tasa de informalidad del 57,2% al primer trimestre de 2025, y una alta proporción de microempresas con limitada capacidad de adaptación.
Contratación, jornada y recargos: una nueva estructura de costos del reforma laboral
Los cambios normativos aprobados incluyen:
- Contrato a término indefinido como regla general (Art. 5, 6, 17).
- Límite de cinco años para contratos por obra o labor.
- Reducción de la jornada diurna de 6:00 a.m.–9:00 p.m. a 6:00 a.m.–7:00 p.m., lo que amplía el rango nocturno sujeto a recargo del 35% por hora.
- Incremento escalonado del recargo dominical y festivo al 100% (antes 75%) (Art. 15).
- Posibilidad de jornadas concentradas de cuatro días laborables sin disminuir la carga semanal.
- Nuevos mecanismos de inclusión: cotización parcial para trabajadores que ganen menos del salario mínimo (Unidades de Trabajo Especiales) y subsidio CREA-empleo para jóvenes, mujeres y mayores de 40 años.

Aunque estos ajustes se presentan como avances en equidad laboral, el impacto fiscal para las MiPymes puede ser desproporcionado, especialmente en sectores intensivos en horarios extendidos o trabajo dominical. Según ANIF, el incremento en costos laborales puede oscilar entre el 6,4% y el 8,0% del salario base, dependiendo del perfil ocupacional.
Costos ejemplificados: de la teoría al impacto en nómina
Para dimensionar el efecto económico de las nuevas disposiciones, ANIF presenta dos escenarios prácticos:
- Trabajador en jornada nocturna (5 días por semana, salario mínimo): la reducción del horario diurno implicaría que dos horas diarias pasen a ser nocturnas, generando un aumento mensual de $113.233, equivalente al 8% del salario mínimo.
- Trabajador en domingos y festivos: un empleado que trabaja un día festivo al mes recibiría $363.963 por ese recargo, frente a los $272.972 actuales, lo que representa un aumento del 6,4%.
Estos efectos se agravan si coinciden recargos nocturnos y dominicales en una misma jornada, escenario frecuente en sectores como comercio, entretenimiento, transporte y gastronomía.

Lecciones del pasado: reformas de 2002 y 2012
El análisis de ANIF también advierte que esta reforma deshace avances logrados en reformas previas, particularmente la Ley 789 de 2002, que redujo costos laborales en medio de una crisis con 20% de desempleo y 61% de informalidad. Aunque sus efectos fueron mixtos, contribuyó a dinamizar el empleo juvenil y el aprendizaje, al tiempo que facilitó el subempleo formal.
Por contraste, la reforma tributaria de 2012 redujo significativamente las cargas parafiscales sobre la nómina, y diversos estudios académicos coinciden en que generó un impulso más claro a la formalización y al empleo, sin comprometer los ingresos del Estado gracias a compensaciones vía impuesto corporativo. De esta manera, Anif detalla que la reducción de costos tiene un impacto directo sobre la formalidad, mientras que su aumento puede revertir los avances alcanzados.
Estructura empresarial e informalidad: el 60% que queda por fuera
Una de las advertencias centrales de ANIF es que esta reforma desconoce la composición real del tejido empresarial colombiano. De acuerdo con el informe, más del 98% de las empresas son MiPymes, y más del 58% tiene menos de cinco empleados. Asimismo, solo el 34,7% de los trabajadores en sectores afectados tiene contratos fijos o indefinidos, y en actividades como el arte, solo 1 de cada 7 trabajadores está formalizado y el 85% trabaja en microempresas.
La informalidad, según los datos más recientes de la GEIH, afecta al:
- 85,1% en agricultura
- 80,0% en alojamiento y comida
- 76,6% en actividades artísticas
- 92,3% entre jornaleros
- 86,7% en cuenta propia
- 92,0% en empresas de una sola persona
Este panorama heterogéneo muestra un mercado dual, donde el aumento de cargas formales puede incentivar a pequeñas empresas a evadir la regulación mediante la informalidad.
Consecuencias indirectas: presión sobre el sistema pensional
Uno de los efectos sistémicos más preocupantes es el impacto de la informalidad sobre la sostenibilidad del sistema pensional. Con una base menor de cotizantes al régimen contributivo, aumentaría la presión fiscal sobre el pilar solidario, responsable de garantizar una pensión básica a quienes no alcanzan a cumplir requisitos de semanas ni cotizaciones mínimas.
Esto no solo comprometería las finanzas públicas, sino también la cobertura y suficiencia de las pensiones futuras, profundizando las brechas en pobreza y desigualdad. Basado en un estudio del Banco de la República, ANIF estima que:
- Un sobrecosto del 6,73% podría elevar la informalidad en 2,06 puntos porcentuales.
- Aplicado al caso colombiano, el impacto combinado de los nuevos recargos podría generar entre 0,5 pp y 0,63 pp adicionales de informalidad.
- La pérdida de empleo formal en sectores vulnerables podría alcanzar los 140.000 puestos, en un escenario de ajuste medio.
Esto en un contexto donde Colombia ya tiene la tasa de desempleo más alta de la región (9,3% al primer trimestre de 2025), por encima de países como Brasil, Chile, México y Perú.
¿Evaluación obligatoria? La propuesta de corrección de rumbo
A la luz de estos hallazgos, ANIF propone que se incluya en la norma un parágrafo obligatorio de evaluación de impacto a dos años, similar al contemplado (pero nunca ejecutado) en la Ley 789 de 2002. Este instrumento permitiría, con base en evidencia empírica, extender los plazos de implementación o revertir ajustes que generen efectos no deseados sobre la formalización laboral. Esto no implicaría cambios al contenido de la reforma, pero sí introduciría un mecanismo de corrección técnica, útil en un entorno de alta incertidumbre económica.
Entre tanto, la reforma laboral 2025 representa un intento legítimo por dignificar el trabajo en Colombia. Sin embargo, su aplicación sin ajustes o monitoreo podría agravar la informalidad, reducir el empleo y debilitar el sistema de protección social. A juicio de ANIF, una política laboral moderna no puede ignorar al 60% de trabajadores que hoy están por fuera del sistema, ni a las microempresas que sostienen el empleo en el país. Una evaluación periódica basada en evidencia será clave para que la promesa de una Colombia más justa laboralmente no se traduzca en un retroceso silencioso.
Descargue aquí el análisis completo de ANIF: