Proponen lineamientos para la gestión de salud ambiental en territorios

Las secretarias de salud departamentales y distritales tendrán que realizar anualmente el seguimiento y monitoreo a la ejecución del Plan de Fortalecimiento de Capacidades
Proponen lineamientos para la gestión de salud ambiental en territorios
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El Ministerio de Salud ha presentado un proyecto en borrador para fortalecer la gestión en salud ambiental a nivel territorial, mediante el diagnóstico, formulación e implementación, seguimiento de los planes sectoriales de fortalecimiento de capacidades, entre otros aspectos relacionados.

Inicialmente, las autoridades sanitarias habían establecido disposiciones asociadas a este ámbito en la Resolución 3496 de 2019, normativa que no logró cumplirse a cabalidad tras la llegada de la pandemia, puesto que las secretarías de salud focalizaron su atención en la integración de protocolos y orientaciones de manejo del covid-19.

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Teniendo en cuenta lo anterior, y según se explica en el documento, se evidencia una brecha importante en el reporte y priorización de la información, labor encargada a las secretarías de salud distritales y departamentales. Sin embargo, uno de los principales inconvenientes es la falta de herramientas para la captura y análisis de la información de la situación territorial,y, la construcción de indicadores necesarios para la toma de decisiones, planes de intervención y políticas.

En ese sentido, los propósitos que tiene la gestión de la salud ambiental en los territorios son los siguientes:

  • Realizar seguimiento a la gestión territorial sectorial de la salud ambiental a través del diagnóstico.
  • Contar con información del estado de la gestión de la salud ambiental a nivel territorial.
  • Formular e implementar los planes sectoriales de fortalecimiento de capacidades de gestión de la salud ambiental a nivel territorial.
  • Contribuir al fortalecimiento de las capacidades sectoriales para la gestión integral de la salud ambiental a nivel territorial.

El fortalecimiento de la gestión de la salud ambiental también debe ser entendido como un proceso que involucra varias fases i) reporte de información ii) diagnóstico de la gestión en salud ambiental, iii) formulación del Plan de Fortalecimiento de Capacidades de Gestión de la Salud Ambiental, iv) implementación v) autoevaluación y evaluación y vi) seguimiento del plan.

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Dicho proceso inicia con el diagnóstico que las secretarías de salud realicen sobre la salud ambiental en su territorio, dando prioridad a las capacidades, habilidades, actitudes, aptitudes, conocimientos del talento humano en salud ambiental y de las organizaciones del sistema de salud, para fortalecer la gestión técnica, administrativa y financiera sobre este ámbito. Al culminarse, los datos deberán ser presentados en el reporte de información.

Frente a este reporte, el Ministerio de Salud propone en el documento como fecha límite el 30 de marzo de cada año para informar sobre la gestión de la salud ambiental de la vigencia anterior. Lo anterior se llevará a cabo desde el aplicativo definido por la autoridad sanitaria, plataforma que dará un resultado inmediato sobre los aspectos que deben ser antepuestos para una óptima gestión, así como los componentes temáticos requeridos para tal fin.

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¿Qué deberá contener el Plan de Fortalecimiento de Capacidades de Gestión de la Salud Ambiental?

Este plan deberá integrar los siguientes elementos (como mínimo): objetivos generales y específicos, actividades, productos, metas, indicadores, responsables, cronograma, mecanismos de gestión, coordinación, seguimiento y evaluación. Adicionalmente, hará parte de los planes de desarrollo de capacidades de las direcciones territoriales de salud, el cual será formulado estratégicamente cada
4 años en el primer semestre del inicio del período de gobierno departamental o distrital; articulándose con el Plan Territorial de Salud y operativamente, cada año con el Plan de Acción en Salud.

Cuando el plan ya esté formulado, las autoridades sanitarias deberán reaalizar su implementación bajo los parámetros indicados en la normativa; es decir:

  • Gestionar su ejecución y visibilizarlo en el Plan de Acción en Salud – PAS, el cual deberá estar orientado al fortalecimiento de la autoridad sanitaria.
  • Generar los soportes y evidencias que permitan la trazabilidad del proceso. Se deberá generar un informe de implementación anual y tener a disposición el portafolio de evidencias del proceso.
  • Diseñar un plan de seguimiento del proceso que lo evalúe a partir de la aplicación periódica.

Las secretarias de salud departamentales y distritales tendrán que realizar anualmente el seguimiento y monitoreo a la ejecución del Plan de Fortalecimiento de Capacidades de Gestión de la Salud Ambiental, remitiendo los resultados del seguimiento a este Ministerio anualmente, a más tardar el último día hábil del mes de junio.

Conozca el proyecto de resolución a continuación:

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