La resolución 744 de 2012 del Minsalud adopta el registro de negación de servicios médicos por parte de las empresas promotoras de salud de los regímenes contributivo y subsidiado y demás entidades obligadas a compensar.
DESTINATARIOS DE LA INFORMACION
Son destinatarios de la información contenida en el registro de negación de servicios medicos, la superintendencia nacional de salud, la comisión de regulación en salud CRES, la Defensoría del Pueblo, y el Minsalud.
TERMINO PARA EL REPORETE DE LA INFORMACION
Las entidades obligadas mediante la resolución 744 de 2012 deberán remitir la información dentro de los primeros cinco dias hábiles siguientes al último día de cada mes informado.
La resolucion 744 de 2012, deroga la resolucion 163 de 2011, y se aplicara inmediatamente para reportar las negaciones de servicios de salud y de medicamentos a partir del mes de mayo de 2012.
Descargue: Resolucion 744 de 2012 – Reporte negacion de servicios medicos.