Minsalud alista cambios para los tiempos de habilitación de las redes integrales

Minsalud alista cambios para los tiempos de habilitación de las redes integrales

El Ministerio de Salud y Protección Social avanza en el desarrollo de un modelo de salud preventivo, predictivo y resolutivo, mediante un proyecto de resolución que modifica la vigencia de la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud (RIPSS). Este proyecto, enmarcado en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, busca garantizar la continuidad del servicio mientras se implementan las nuevas Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS).

Este cambio es parte de la transición hacia un modelo de salud más integral, preventivo, predictivo y resolutivo, que se está implementando en el país como parte del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Las RIITS son vistas como una pieza clave en el nuevo sistema de salud, pues permitirán integrar los servicios de atención médica a nivel territorial, optimizando la calidad y la cobertura. Sin embargo, mientras este modelo se pone en marcha, es esencial que las RIPSS sigan operando sin contratiempos para evitar afectaciones en la atención que los colombianos reciben.

¿Cuál sería el principal ajuste a los tiempos de habilitación de las Redes Integrales?

La medida, que modificaría el artículo 10 de la Resolución 1441 de 2016, establece que las habilitaciones de las RIPSS vigentes hasta el 31 de enero de 2025 serán extendidas por un año más o hasta que las RIITS entren en funcionamiento anticipadamente. Esta decisión tiene como objetivo evitar fragmentaciones en el servicio y garantizar que las EPS mantengan su capacidad operativa para atender a sus afiliados.

El objetivo del Ministerio de Salud, junto con la Superintendencia Nacional de Salud, es evitar cualquier interrupción en los servicios y garantizar que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) continúen prestando los servicios a los afiliados. En esa medida, la resolución aplicaría a una variedad de actores clave dentro del sistema de salud colombiano, con el objetivo de garantizar su correcto funcionamiento, entre los que se encuentran:

  • Las EPS, entidades encargadas del aseguramiento en salud, las cuales deben cumplir con las disposiciones establecidas en la resolución.
  • Las Secretarías de Salud, tanto departamentales como distritales, o las entidades que sustituyan dichas funciones en sus respectivos territorios.
  • Los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud, quienes tienen la responsabilidad de supervisar y garantizar el acceso y la calidad de los servicios de salud a nivel regional.
  • Las IPS, independientemente de su naturaleza jurídica, quienes prestan los servicios de salud y deben adaptarse a las directrices contenidas en la resolución.

El Ministerio de Salud recibirá las observaciones al proyecto de resolución hasta el próximo 30 de enero. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico [email protected] en el formato establecido y disponible en la página web.

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Este es el documento publicado por el Ministerio de Salud con los ajustes a los tiempos de habilitación:

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