Resolución 1529 de 2026 modifica la PILA: nuevos cotizantes, planillas y plazos de implementación

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La Resolución 1529 de 2026 modifica la PILA con nuevos tipos de cotizante, reglas de validación y plazos de implementación hasta abril de 2027.
Resolución 1529 de 2026 modifica la PILA nuevos cotizantes, planillas y plazos de implementación

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El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1529 de 2026, mediante la cual modifica los Anexos Técnicos 2 y 3 de la Resolución 2388 de 2016 y redefine varias reglas de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). La norma incorpora nuevos tipos de cotizante y aportante, ajusta las validaciones de identificación, habilita una planilla para retroactivos de servidores públicos y establece un calendario de implementación que se extiende hasta abril de 2027.

Tres nuevos tipos de cotizante en la PILA

Uno de los cambios centrales es la incorporación de los tipos de cotizante 74, 75 y 76. El primero corresponde al “Reciclador de Oficio” y deberá ser utilizado por el nuevo tipo de aportante 17, denominado “Pagador Recicladores de Oficio”, asignado a las organizaciones responsables de cubrir los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de sus asociados..

Para estos trabajadores, la cotización se realizará sobre un salario mínimo legal mensual vigente, por periodos mensuales completos y bajo la clase de riesgo V. El operador de información deberá verificar que tanto la organización como el reciclador estén incluidos en el reporte oficial remitido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Cuando alguno de los registros no aparezca, el sistema no podrá permitir el uso de este tipo de cotizante.

El tipo 75, “Dependiente con permanencia en el Régimen Subsidiado”, desarrolla la posibilidad prevista para las personas en pobreza extrema, pobreza moderada o condición de vulnerabilidad que inician una relación laboral y deciden conservar temporalmente su afiliación al régimen subsidiado. La resolución precisa que el empleador deberá efectuar aportes a salud, pensiones, riesgos laborales, caja de compensación familiar, SENA e ICBF. La permanencia en el régimen subsidiado, por tanto, no elimina las obligaciones derivadas del vínculo laboral.

La norma también separa el tratamiento del trabajo parcial dependiente e independiente. El tipo 51 queda definido como “Trabajador de tiempo parcial dependiente”, mientras que el nuevo tipo 76 identifica al “Trabajador de tiempo parcial independiente”. Este último fue creado para los independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente, quienes podrán efectuar aportes a pensiones y riesgos laborales y, voluntariamente, a las cajas de compensación familiar.

Para el tipo 76, los días cotizados a pensión deberán corresponder a los días laborados durante el mes. La base de cotización pensional se calculará en fracciones de un salario mínimo, dependiendo de si el periodo reportado comprende entre uno y siete, ocho y catorce, quince y veintiún o veintidós y treinta días. En riesgos laborales se reportarán treinta días y una base equivalente a un salario mínimo.

Validaciones de datos para autorizar los nuevos registros

La Resolución 1529 de 2026 fortalece los cruces de información antes de aceptar determinados pagos. Para el tipo 75, los datos del aportante y del cotizante deberán coincidir con el “Reporte de información de afiliados con permanencia en el régimen subsidiado”, archivo que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) pondrá semanalmente a disposición de los operadores.

Los nombres y apellidos del trabajador también deberán corresponder con el registro oficial. Si el aportante o el cotizante no aparecen en el archivo, el operador deberá informar la inconsistencia y bloquear el uso del código.

En el caso de los recicladores, la habilitación dependerá del reporte elaborado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. El esquema incorpora así una validación previa dentro de la PILA: el operador no solo recibirá la autoliquidación, sino que deberá impedir el uso de los códigos cuando la organización o el trabajador no estén incluidos en las bases autorizadas.

Planilla W, correcciones y PEP-TUTOR

La resolución crea la planilla W para reliquidaciones por retroactivos de servidores públicos. Las entidades públicas deberán informar la fecha en la cual pagaron el retroactivo salarial, dato que permitirá al operador calcular los intereses de mora a que haya lugar.

También se modifican las reglas de las planillas M, I y N. Las planillas de mora e independientes no podrán utilizarse para pagar aportes al Sistema General de Pensiones por periodos anteriores a febrero de 2003 en los casos señalados por la resolución. La planilla N continuará siendo el mecanismo para corregir el ingreso base de cotización, las tarifas, los tipos de cotizante y las novedades, pero no podrá emplearse para tramitar devoluciones de valores pagados en exceso.

En materia de identificación, se incorpora el Permiso Especial de Permanencia para Representantes Legales o Custodios de niñas, niños y adolescentes —PEP-TUTOR— dentro de los archivos de activos y pensionados. Asimismo, se estandarizan la longitud y las validaciones de los números de identificación de aportantes, cotizantes, pensionados, causantes y representantes legales.

Implementación escalonada de los cambios en la PILA

Aunque la resolución rige desde su publicación, los ajustes técnicos no comienzan todos al mismo tiempo. Las validaciones relacionadas con los internos de medicina deben aplicarse desde la publicación. Los cambios para recicladores de oficio operan para pagos realizados desde el 1 de agosto de 2026, correspondientes al periodo de riesgos laborales de julio.

Desde el 1 de septiembre de 2026 se implementarán las reglas del trabajador de tiempo parcial independiente y otros ajustes relacionados con tipos y subtipos de cotizante. Las nuevas validaciones de identificación, incluido el PEP-TUTOR, aplicarán para pagos efectuados desde el 1 de octubre de 2026, correspondientes al periodo pensional de septiembre.

El tipo 75 y el reporte de afiliados con permanencia en el régimen subsidiado entrarán en operación para pagos desde el 1 de noviembre de 2026. Finalmente, la planilla W y las reglas asociadas a los retroactivos de servidores públicos deberán estar disponibles desde el 1 de abril de 2027, para el periodo pensional de marzo de ese año.

El calendario obliga a empleadores, entidades públicas, organizaciones de recicladores, cajas de compensación, administradoras y operadores de información a revisar con anticipación sus parametrizaciones. La Resolución 1529 de 2026 no se limita a agregar códigos: conecta la liquidación de aportes con nuevas bases de validación y distribuye su implementación según la población, el subsistema y el periodo de cotización. La norma rige desde su publicación y modifica formalmente los anexos técnicos de la Resolución 2388 de 2016.

Consulta y descarga la Resolución 1529 de 2026 aquí:

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