Minsalud aclara que proyecto de decreto no contempla traslados masivos de afiliados entre EPS

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El debate por un eventual reordenamiento territorial del aseguramiento llevó al Minsalud a emitir una aclaración oficial. El proyecto, según la cartera, se orienta a continuidad y acceso, sin movimientos indiscriminados de afiliados.

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En medio de versiones y alertas que señalan que se estaría preparando un decreto que introduciría criterios territoriales para la habilitación de EPS y que podría derivar en un traslado masivo de 6.606.371 afiliados hacia EPS receptoras como Nueva EPS (3.198.875), Savia Salud (289.262) y S.O.S (533.429), el Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) informó que el proyecto de decreto sobre mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud, con enfoque poblacional y territorial, no contempla traslados indiscriminados ni automáticos de afiliados.

La cartera de salud señaló que cualquier proceso de asignación de afiliados que eventualmente pudiera adelantarse se realizaría con base en criterios técnicos, de manera gradual y con salvaguardas, orientadas a proteger la continuidad del aseguramiento y la atención en salud de la población.

A su vez indicó que el propósito central del proyecto normativo es proteger el derecho fundamental a la salud, garantizar la continuidad del aseguramiento y fortalecer la sostenibilidad técnica y financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud, mediante la adopción de criterios objetivos de ordenamiento territorial y poblacional, orientados a facilitar el acceso efectivo e integral a los servicios.

El Ministerio enmarcó el alcance del proyecto en los artículos 49 y 365 de la Constitución Política, así como en las Leyes 100 de 1993, 1122 de 2007, 1438 de 2011 y la Ley Estatutaria 1751 de 2015, al señalar que el Estado tiene la responsabilidad indelegable de organizar, dirigir, regular y controlar el sistema de salud, garantizando el acceso efectivo, continuo y oportuno en todo el territorio nacional.

¿Qué plantea el proyecto de mecanismos diferenciales sobre el ordenamiento territorial del aseguramiento?

Ahora bien, el Minsalud indicó que sus análisis técnicos evidencian fallas estructurales en la operación territorial del aseguramiento, asociadas a la fragmentación excesiva de afiliados, la presencia marginal de múltiples aseguradores en territorios sin escala poblacional suficiente, la selección adversa geográfica y la pérdida de economías de escala necesarias para la gestión integral del riesgo en salud. Según la cartera, estas condiciones afectan la eficiencia operativa, generan riesgos financieros y comprometen la continuidad e integralidad de la atención, especialmente en municipios rurales, dispersos, de frontera o con limitaciones estructurales en la oferta de servicios.

Con ese diagnóstico, el proyecto propone adoptar mecanismos diferenciales para facilitar el acceso efectivo e integral a los servicios, superando barreras derivadas de la fragmentación, la dispersión territorial y la débil articulación entre aseguradores y redes de prestación. Asimismo sostuvo que al alinear la operación del aseguramiento con condiciones demográficas, geográficas y de capacidad instalada de cada territorio, se promueve una atención continua, coordinada e integral, con tránsito oportuno por los niveles de atención y fortalecimiento de la respuesta frente a las necesidades reales de la población.

El ordenamiento técnico planteado se basa en criterios objetivos como: escala y densidad poblacional, capacidad operativa real de las EPS, dispersión geográfica, sostenibilidad financiera y articulación con redes de prestación, con el objetivo de garantizar atención continua, integral y de calidad. Sin embargo, la cartera de salud aclaró que el enfoque no impone restricciones arbitrarias a la libre competencia y se enmarca en un modelo de competencia regulada.

En esa línea, informó que la Superintendencia de Industria y Comercio, en su función de abogacía de la competencia, concluyó que el proyecto no tiene por objeto ni por efecto restringir indebidamente la competencia y reconoció fines legítimos de equidad territorial, eficiencia del sistema y protección de los usuarios.

Reglas para asignación y eventual reasignación de afiliados

De otro lado, el Minsalud también señaló que el proyecto establece reglas claras, objetivas y transparentes para la asignación y eventual reasignación de afiliados, orientadas a:

  • Preservar la continuidad de los tratamientos en curso.
  • Mantener la unidad de los grupos familiares.
  • Asegurar la neutralidad en la composición del riesgo epidemiológico.
  • Proteger la sostenibilidad financiera del esquema de la UPC, evitando concentraciones desproporcionadas de población de alto costo que puedan afectar la integralidad de la atención.

De esta manera, el proyecto de decreto de mecanismos diferenciales no debilita el sistema de salud ni genera incertidumbre para la población, sino que funcionará como una herramienta necesaria, proporcional y técnicamente sustentada para proteger el derecho fundamental a la salud, facilitar el acceso efectivo e integral a los servicios, garantizar la continuidad del aseguramiento, prevenir riesgos sistémicos y ordenar la operación del aseguramiento en función de la realidad territorial del país.

“Ordenar el aseguramiento con criterios técnicos y territoriales es una medida de responsabilidad estatal, orientada al interés general y a la protección efectiva de los usuarios del sistema de salud”, destacó el Minsalud.

De cara a la discusión pública del proyecto de decreto, el seguimiento para los actores del sistema se concentrará en que la información oficial sea clara y oportuna para afiliados e IPS, en que se definan canales de orientación y resolución de dudas, y en que cualquier ajuste preserve la continuidad asistencial sin interrupciones en tratamientos. También resultará clave que los criterios técnicos, los procedimientos y las salvaguardas queden descritos de manera verificable para facilitar la vigilancia de entes de control y la trazabilidad de eventuales decisiones operativas en los territorios.

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