La Liquidación Mensual de Afiliados determina el número de afiliados por los que se liquida la Unidad de Pago por Capitación y el
monto a girar a cada EPS por fuente de financiación para cada entidad territorial. Esta liquidación se pondrá en conocimiento de las entidades territoriales, a más tardar el tercer día hábil del mes en el que se efectúa el giro correspondiente para disponer de los recursos y se informará a los destinatarios del giro directo desde la Nación.
Por lo anterior, el presente instructivo busca ser una guía en la revisión de la Liquidación Mensual de Afiliados y de los giros efectivos realizados por la Nación de las fuentes SGP y FOSYGA, a las Entidades territoriales que continúan administrando los recursos del régimen subsidiado, EntidadesPromotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.
Con base en la información de del número de afiliados activos en la BDUA con tipo de subsidio valido y luego del Cruce de los fallecidos enviados por la Registraduria Nacional del Servicio Civil, por la por la Unidad de Pago por capitación correspondiente a la entidad territoriales se define valor a girar por cada afiliados en la entidad territorial a cada una de las EPS.
Guía para la revisión de la Liquidación Mensual de Afiliados (60.46 kB)