A través de dos cartas enviadas recientemente al Ministro de Salud, Fernando Ruiz, la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas -ACHC- advirtió que gran parte de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, en el marco de la pandemia de Covid-19, para liberar recursos y pagar deudas a los hospitales y clínicas, no han logrado la eficacia esperada y por tanto se requiere que su aplicación sea obligatoria.
La ACHC propuso a través de estas dos misivas que se amplié la compra de cartera y se controlen los precios de insumos y equipos para tratar el Covid-19 entre otras peticiones. Adicionalmente, se hicieron también varios requerimientos frente a las canastas de atenciones para Covid-19 que serán implementadas por el Gobierno a través de una resolución proximamente.
Peticiones al Gobierno
En el contenido de la primera misiva se exhorta al Gobierno a adoptar medidas económicas extraordinarias como por ejemplo:
REMUNERACIÓN DE LA CAPACIDAD INSTALADA DISPONIBLE DE LAS IPS: Esta propuesta encuentra fundamento en la necesidad de brindar oxígeno financiero y flujo de caja a los prestadores de servicios de salud. Es necesario que de manera transitoria, se estructuren mecanismos que a través de diversas fuentes – v.g. UPC no utilizada, subsidio a la oferta, FOME -, se reconozca la capacidad que han dispuesto las IPS para atender la pandemia y de esta manera logren tener un ingreso que les permita el cumplimiento de sus obligaciones y su subsistencia. Resulta por decir lo menos paradójico, que un exitoso
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GIRO DIRECTO UNIVERSAL COMO MEDIDA EXTRAORDINARIA: No se puede seguir manejando la situación de flujo de recursos de manera convencional; los recursos no se han dirigido adecuadamente hacia el sector que necesita la liquidez, esto es al sector prestador. Es necesario que se liberen recursos para que de manera directa se gire a los prestadores, máxime si en este momento la UPC que se gira de manera periódica y permanente a las aseguradoras, no está teniendo el mismo nivel de consumo, a causa de las decisiones adoptadas en tomo a la pandemia. No tiene presentación que en momentos en los que se necesita potenciar este mecanismo, el giro directo haya disminuido tanto en lo sujetos de la medida, como en los destinatarios y monto de los mismos.
MEDIDAS DE FOMENTO PARA LOS HOSPITALES Y CLÍNICAS. En el mismo sentido de medidas extraordinarias, se cosidera necesario que se adopten mecanismos y soluciones como las que se han otorgado a otros sectores, tales como el aplazamiento del pago de parafiscales, de los calendarios tributarios, del pago de servicios públicos y que los créditos para el sector, se hagan a través de la banca pública sin mediación de la banca comercial, ya que, por la misma condición de lliquidez, esta ultima tiene poca disposición para otorgar créditos a las IPS.
AMPLIACIÓN OPERACIÓN DE COMPRA DE CARTERA. La operación de compra de cartera recientemente realizada, si bien benefició a algunas IPS, dejó a muchas IPS fuera del proceso, que tienen igual necesidad de flujo de recursos. Los criterios y condiciones establecidos en la resolución 619 de 2020, generaron que IPS ambulatorias, IPS de menos de 50 camas, IPS que no han sido contratadas por las EPS para la atención de la pandemia, IPS de servicios especializados como las de oftalmología, las de psiquiatría y pediatría, entre otras instituciones, no pudieran acceder a este beneficio. Se hace necesario que con urgencia, se modifiquen estas condiciones para que los próximos tramos de operaciones de compra de cartera, beneficien a la mayor cantidad de IPS posibles.
CREACIÓN DE UN FONDO DE GARANTÍA PARA LA ADRES. En consonancia con el anterior punto y a fin de lograr que la compra de cartera funcione y que el Estado tenga garantías para realizar estos préstamos a aquellas EPS cuya capacidad de endeudamiento no les permiten aplicar, se propone la creación de un mecanismo de Garantía que respalde las operaciones de la ADRES.
GIROS EXPRESOS A LAS IPS CON CARGO AL ACUERDO DE PUNTO FINAL: Ad portas de la expedición de las condiciones para la Ley de punto final en el Régimen Contributivo, se solicita la realización de giros expresos a las IPS desde la ADRES, para el pago de deuda antigua. Consideramos que habiéndose dispuesto los recursos por parte de la Nación, debe lograrse el mejor aprovechamiento posible de los mismos. Las EPS deben aprestarse no solo a hacer efectivos sus recobros sino a pagar la cartera que tienen atrasada con los prestadores.
Requerimientos para canastas de atenciones Covid-19
COBERTURA DE LAS ATENCIONES DE LOS PACIENTES SOSPECHOSOS: Se hace necesario que la canasta de atenciones cubra e incluya las atenciones de los pacientes sospechosos y no solo las de los pacientes confirmados. Lo anterior teniendo en cuenta que en la práctica se aplica el mismo manejo para los dos casos, hasta que llega el resultado.
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RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LAS ATENCIONES BRINDADAS HASTA EL MOMENTO DE REGLAMENTACIÓN DE LAS CANASTAS: Es necesario que la reglamentación sea clara frente a este punto, ya que, aun cuando se expresa que la norma no será retroactiva y que las atenciones dadas a la fecha, serán con cargo a la UPC, algunas EPS han glosado estas atenciones, en especial por los elementos de protección personal. Creemos que una disposición clara, señalando la obligación de cobertura que incluya los elementos de protección personal del talento humano en salud que interviene, evitaría exponer a los agentes del sistema a un conflicto innecesario, máxime cuando la UPC hasta este momento está siendo suficiente.
TARIFA FIJA Y NO PRECIOS MÁXIMOS DE RECONOCIMIENTO. Resulta práctico y conveniente que se fije una tarifa oficial, para reconocer las atenciones de pacientes COVID-19; así, no solo se simplifican procesos de auditoría, agilizando el flujo de recursos, sino que evitaría la decisión unilateral o de interpretación por parte de la EPS, frente a lo facturado por el prestador. Se propone un valor fijo o tarifa oficial, que no sea susceptible de interpretación o negociación por parte de la EPS auditora.
LOS VALORES DE LAS CANASTAS: la ACHC ha participado a través de representantes de IPS afiliadas, entregando información veraz conforme a la atención que se ha brindado a los pacientes. No obstante, los valores que hasta ahora ha propuesto el Ministerio no se compadecen con la realidad hospitalaria. Inquietud especial ha generado el monto a reconocer por la canasta de atención en UCI, pues establece un valor muy por debajo de lo que le ha costado en promedio a las IPS. Llama también la atención, el hecho que se de más énfasis y valor a la atención en cuidados intermedios, cuando la evidencia recabada hasta ahora, muestra que es poco el porcentaje de pacientes que requieren de este servicio; preciso recordar que los criterios para que un paciente transite de un servicio a otro, son netamente clínicos.