Decreto 415 de 2021 busca reactivar eventos de interés nacional

Con el decreto 415 de 2020 se crea una comisión que evaluará individualmente la realización de ciertos eventos de interés nacional, pero la decisión final será tomada por el Ministerio de Salud.
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El Gobierno Nacional expidió el Decreto 415 de 2021 a través del cual se conforma una instancia de alto nivel para coordinar la celebración de eventos y actividades consideradas de interés nacional, aplicando protocolos que permitan prevenir o mitigar los riesgos de contagio de Covid-19 en el país.

Esta instancia estará conformada por:

  1. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, quien la presidirá.
  2. El Ministro del Interior o su delegado.
  3. El Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
  4. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.
  5. El Ministro de Trabajo o su delegado.
  6. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado.
  7. El Ministro de Transporte o su delegado.
  8. El Ministro de Cultura o su delegado.
  9. El Ministro del Deporte o su delegado.
  10. El director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado.

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Cabe resaltar, que a las sesiones de la comisión podrán invitarse otras entidades públicas, cuyos delegados tendrán derecho a voz y voto cuando los temas a tratar tengan relación directa con las funciones y competencias de las entidades y organismos que. representan. Así mismo, se podrán invitar a las sesiones de la instancia de coordinación y asesoría a representantes de organizaciones del sector privado y la sociedad civil o la academia, según los temas a tratar, quienes tendrán voz, pero no voto. La instancia de coordinación y asesoría sesionará con mínimo seis de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría simple.

La comisión, deberá específicamente: analizar a petición del ministro o director respectivo, las solicitudes de autorización para la realización de actividades de interés de carácter nacional, ponderar el costo/beneficio de la realización de la actividad y recomendar al Ministerio de Salud la autorización de actividades de interés nacional.

No obstante, el presidente Iván Duque explicó que la norma se aplicará en casos como la isla de Providencia, “donde ya se hizo una vacunación generalizada a la población, pero tenemos la atención también de circunstancias de emergencia que ameritan el cubrimiento de personal que está adelantando labores de reconstrucción, de tal manera que se proteja también a la comunidad y se proteja a quienes están adelantando estas tareas excepcionales”.

Eventos futbolísticos

Durante el programa de “Prevención y Acción”, el primer mandatario en compañía del Ministro de Salud, Fernando Ruiz detallaron una parte del protocolo que se aplicaría por ejemplo en eventos futbolísticos:

  • Toda delegación necesita una prueba negativa PCR, 72 horas antes del viaje. Podrán participar solo aquellos que tengan, obviamente, la prueba negativa.
  • El grupo médico a cargo del equipo será responsable de la vigilancia, cumplimiento del protocolo y la identificación de casos específicos que se presenten.
  • Durante el viaje las concentraciones deportivas deberán permanecer juntas, los traslados se deben hacer de manera grupal, en buses previamente desinfectados.
  • El conductor que haga el transporte debe tener también una prueba PCR negativa.
  • Siempre deben usar tapabocas N 95 y, en el caso de los equipos colombianos que oficien como equipos locales, el conductor del vehículo también está sometido a prueba PCR negativa y entrar en aislamiento preventivo.
  • La llegada al aeropuerto debe darse por vuelo chárter cerrado, donde únicamente viajen los integrantes de los equipos de fútbol. Contarán con un proceso migratorio preferencial y en el hotel una acomodación individual.
  • No se permiten las salidas fuera del hotel, se debe mantener el uso de tapabocas permanente y todo el tema de comidas deberán seguir los protocolos completos.

Finalmente, el Decreto 415 de 2021 faculta al Ministerio de Salud para autorizar o no la realización de las actividades de interés de carácter nacional de los diferentes sectores sociales, económicos y culturales, entre otros. En cada una de las resoluciones con las que se otorgue la autorización, se identificarán las medidas de bioseguridad que se deberán adoptar para realizar la actividad.

En caso de que se niegue la autorización, a pesar de contar con concepto favorable de la instancia de coordinación y asesoría para realizar la actividad, el Ministerio de Salud sustentará su decisión.

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