Corte Constitucional ordena a Minsalud desembolsar recursos que no se hayan pagado a las EPS

Cumplimiento de órdenes de financiamiento para los Presupuestos Máximos en salud, Sentencia T-760 de 2008
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La Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social desembolsar a las EPS la totalidad de los recursos que fueron aprobados con el Acuerdo de Punto Final que no se hayan cancelado a la fecha y esto deberá cumplirse en el término de dos meses. Esta decisión fue adoptada por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 que, mediante Auto 2882 del 20 de noviembre de 2023, declaró el nivel de cumplimiento bajo de la orden vigesimocuarta.

El objetivo de esta decisión es garantizar la adecuada asignación de recursos gubernamentales para costear servicios y tecnologías de salud, así como en asegurar que las EPS reembolsen estos gastos luego de su entrega a la población, en un proceso llamado recobro, para servicios no cubiertos por la UPC ni los Presupuestos Máximos.

Desembolso a las EPS de los recursos aprobados con el Acuerdo de Punto Final

De esta manera, el Gobierno se comprometió a cancelar de forma definitiva esta deuda, por medio del Acuerdo de Punto Final, una normativa en la que se estableció que se pagaría a las EPS todos los valores pendientes con ocasión de la prestación de los referidos servicios y tecnologías en salud, que se entregaron a la población en diciembre de 2019, con la intención de evitar la acumulación de nueva deuda a favor de las EPS y las IPS.

No obstante, la Sala evidenció en varias ocasiones que para el 2023, no se había efectuado el pago total de la esta deuda, que de acuerdo con el gobierno se completaría en agosto de 2022. También se encontraron montos sin cancelar que fueron aprobados dentro del acuerdos y sumas de dinero que no se negociaron en el acuerdo porque se detallan en procesos judiciales. A esta situación, se suma que, a partir del año 2022, se presentó una nueva deuda en favor de las EPS y las IPS por la prestación de estos servicios.

Por otra parte, la Sala identificó que los actores del sector salud aseguraron que en relación con la nueva deuda que estaba surgiendo en por recobros, se les adeudaba más de un billón de pesos por este motivo, y que el origen de la obligación se relacionaba con los servicios prestados durante la pandemia por covid-19.

En consecuencia, la Corte ordenó al Ministerio de Salud, entre otras medidas, desembolsar todos los fondos aprobados según el acuerdo y que aún no hubieran sido pagados, en un plazo máximo de dos meses a partir de la comunicación de la decisión adoptada.

Otras medidas que impuso la Corte a Minsalud

A su vez, ordenó a la cartera de salud un informe sobre los resultados y avances alcanzados respecto a la orden impartida de efectuar estudios para establecer la viabilidad de que las EPS desembolsen los dineros a sus prestadores de manera ágil, e identificar en qué radican las moras en que incurren para efectuar los desembolsos. Además, deberá entregar un reporte sobre los avances en el diseños y desarrollo del sistema de monitoreo de abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos, que contempla la generación de alertas tempranas frente a potenciales situaciones en la que el mercado no provea de forma adecuada la demanda esperada.

La Corte también ordenó a la Contraloría General de la República y a la Fiscalía General de la Nación que investiguen la afirmación planteada por ACESI según la cual, “frente al cargue de la información de la 030 siguen las prácticas indebidas como cambio del No de factura por parte de Cajacopi, lo que genera que no existan cifras coincidentes para adelantar acuerdos de pago” e informarlos resultados obtenidos en sus informes cuatrimestrales respectivamente.

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