Colombia busca adoptar Política Pública de Prevención y Tratamiento de la Infertilidad

Desde la perspectiva de los Derechos Humanos Sexuales y los Derechos Reproductivos, (DSDR), la infertilidad cobra gran importancia en Colombia y con ella, el debate sobre la adopción de una Política Pública de Prevención y Tratamiento de la Infertilidad en el país.
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El Gobierno Nacional a través de  la  aprobación de la Ley 1953 de 2019, insta al Ministerio de Salud y Protección Social a formular una política pública que establezca los lineamientos para orientar la prevención y el tratamiento de la infertilidad dentro de los parámetros de la salud reproductiva.   El desarrollo de esta política, se promueve, mediante el “sistema de seguridad social en salud” atendiendo a las disposiciones de la Ley Estatutaria de Salud (Ley 1751 de 2015).

En este contexto, desde la perspectiva de los Derechos Humanos Sexuales y los Derechos Reproductivos, (DSDR), la infertilidad cobra gran importancia en Colombia y con ella, el debate sobre la adopción de una Política Pública de Prevención y Tratamiento de la Infertilidad en el país.

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Infertilidad en Colombia

Aunque el proyecto normativo se encuentra en borrador, permite vislumbrar en el horizonte una solución a la problemática que se enfrenta. Según estudios recientes reportan que la prevalencia mundial de infertilidad varía entre el 3% y el 16.5% en países desarrollados y entre el 3.9% y 9.3% en países no desarrollados, además de ser catalogada por la Organización Mundial de la Salud –OMS-, como un problema de salud público.                                                                           

También puede leer: Política pública de infertilidad lineamientos y prevención- ley 1953 de 2019

Causas de la infertilidad

Por consiguiente, las causas de infertilidad pueden ser atribuidas a las condiciones de salud reproductivas de las mujeres, los hombres o de ambos. Al respecto, un estudio realizado por la OMS, en países desarrollados, reportó que el factor femenino estuvo asociado en el 37% de los casos, el factor masculino en el 8%, ambos factores asociados en el 35% mientras que el 20% restante fueron diagnosticados con infertilidad inexplicada. Así mismo, estima que actualmente en  Colombia hay más de dos millones de personas con problemas de infertilidad, y el costo de los tratamientos oscila entre 17 y 25 millones de pesos.

Cifras

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Demografía en Salud (ENDS) en 2015, el 12,1% de las mujeres de 15 a 49 años que desean uno o más hijas o hijos han tenido problemas de fertilidad. La situación de la infertilidad se concentra en el grupo de mujeres de 40 a 44 años con el 25.4%.

El 13.6% de las mujeres con problemas de infertilidad, han alcanzado un nivel educativo superior, seguido de las de nivel educativo básico primaria (11.5%), sin educación formal (10%) y secundaria (8%). Las mujeres con nivel de educación superior son el grupo que reporta el más alto porcentaje de consulta con un especialista (45.1%), al igual que las de los quintiles de riqueza alto y más alto (41.8% para los dos grupos), las del grupo en el quintil más bajo de riqueza reportan el menor porcentaje de consulta con especialista (31.7%) al igual que las mujeres que no están buscando más hijos (18%)

Política Pública de Prevención y Tratamiento de la Infertilidad

La Política según el Ministerio de Salud busca entre otras cosas asegurar el pleno ejercicio de las garantías sexuales y reproductivas y su protección a través del Sistema de Seguridad Social en Salud.

Además, reglamentará el acceso a los tratamientos de infertilidad mediante técnicas de reproducción humana asistidas o Terapias de Reproducción Asistida (TRA) conforme a los lineamientos técnicos para garantizar el derecho con recursos públicos, bajo el enfoque de derechos sexuales y derechos reproductivos contenidos en el modelo del Plan Decenal de Salud Pública.

También puede leer: Corte constitucional pide incluir tratamientos de infertilidad en el POS

Gestión y fortalecimiento institucional 

Así mismo, el proyecto que cursa en el ministerio de salud obliga a las Instituciones prestadoras de servicios salud que realicen  prevención, diagnóstico o tratamiento de la infertilidad cumplan con los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores y habilitación de servicios de salud determinados en el Plan Nacional de Mejoramiento de la Calidad en Salud.

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En consecuencia, el proyecto también incluye que de acuerdo a lo establecido será el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) quien tenga la competencia para la inspección, vigilancia y control de los requisitos que deben cumplir los Bancos de Gametos y Embriones y lleve el registro de estos bancos.

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