Cambian los soportes de cobro y el manual de devoluciones y glosas para el 2021

El Ministerio de Salud emitió el borrador de resolución con las modificaciones que tendrán los soportes de cobro en salud y el manual de devoluciones y glosas.
Cambian los soportes de cobro y el manual de devoluciones y glosas para el 2021
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Con un proyecto de resolución el Ministerio de Salud modificará parcialmente la resolución 3047 de 2008, referente a los soportes de cobro que deben presentar los prestadores y el manual único de devoluciones y glosas que regirá a partir del próximo año.

En primera estancia, se especifica que los únicos soportes de facturas de prestación de servicios y tecnologías en salud que se establecen en el decreto 780 de 2016 son los que están definidos en el anexo técnico de este documento. Por lo tanto, las entidades responsables de pago no podrán exigir soportes adicionales a los definidos en la presente Resolución y el incumplimiento a esta obligación dará lugar a las acciones de vigilancia y control.

Estos soportes deberán ser presentados por los prestadores de servicios de salud ante las entidades responsables de pago en la fecha de expedición de la factura o máximo dentro de los treinta (30) días siguientes. Una vez recibidos los soportes, la entidad responsable de pago generará un número consecutivo de radicación por el conjunto de soportes que acompañan cada factura, momento a partir del cual se considera radicada. Desde el momento de la radicación, las entidades responsables de pago deben proceder a dar cumplimiento a los términos definidos por la normativa que regula la materia para determinar si proceden glosas o no a la factura.

En caso que el prestador de servicios de salud no entregue los soportes en el término antes establecido, la entidad responsable de pago aplicará la causa de devolución correspondiente y el prestador de servicios de salud expedirá la nota crédito al 100% de la factura e iniciará un nuevo proceso de cobro.

Adicionalmente, la historia clínica únicamente podrá ser solicitada y enviada en los casos excepcionales de alto costo referidos en el artículo 124 de la Resolución 3512 de 2019.

Es preciso resaltar, que a la resolución 3047 se le adicionará un nuevo soporte técnico referente al “Envío y recepción en medio digital de los soportes de la factura de venta en salud” que podrá descargar al final de este artículo. Los ajustes que están dentro del documento emitido por el Ministerio deben realizar los ajustes a más tardar el 31 de diciembre de 2020.

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Soportes de cobro

A continuación se muestra el listado estándar de soportes de las facturas para modalidades de contratación y de pago por agrupado como paquete, canasta, conjunto integral de atenciones, grupo relacionado por diagnóstico, pago global prospectivo e integral por grupo de riesgo:

  1. Factura de venta
  2. Detalle de cargos. No se requiere enviar si se tiene Nota Técnica en el acuerdo de voluntades y por eso, se pacta el no envío
  3. Copia de Orden y/o fórmula médica. Aplica cuando no se requiere la autorización según lo establecido en el acuerdo de voluntades
  4. Copia del Resumen de atención o Epicrisis
  5. Copia de la Descripción quirúrgica. Si aplica
  6. Copia del Registro de anestesia. Si aplica
  7. Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud – RIPS

Así mismo, el documento establece el listado estándar de soportes de las facturas para la modalidad de contratación y de pago por capitación:

  1. Factura de venta
  2. Detalle de cargos. No se requiere enviar si se tiene Nota Técnica en el acuerdo de voluntades y por eso, se pacta el no envío.
  3. Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud – RIPS

(Encuentre los soportes según el tipo de prestación en el descargable al final)

MANUAL ÚNICO DE DEVOLUCIONES, GLOSAS Y RESPUESTAS UNIFICACION

Recordemos, que este manual tiene como objetivo estandarizar la denominación, codificación y aplicación de cada uno de los posibles motivos de devoluciones y glosas, así como de las respuestas que los prestadores de servicios de salud den a las mismas, de manera que se agilicen los procesos de auditoría y respuesta a las glosas y devoluciones.

En este documento se establecen 8 códigos de conceptos de glosa o devolución general:

  1. Facturación: Se presentan glosas por facturación cuando hay diferencias al comparar los servicios y tecnologías prestadas con los servicios y tecnologías facturadas, según sus catálogos y cantidades, o cuando los conceptos pagados por el usuario no se restan en la factura (copagos, cuotas moderadoras u otros) a pesar de ser considerados como parte del pago, cuando exista un recaudo efectivo de su valor según acuerdo de voluntades, o cuando sucedan errores administrativos generados en los procesos de facturación definidos en el presente Manual.
  2. Tarifas: Se consideran glosas por tarifas, todas aquellas que se generan por existir diferencias al comparar los valores facturados con los pactados.
  3. Soportes: Se consideran glosas por soportes, todas aquellas que se generan por ausencia, enmendaduras o soportes incompletos o ilegibles.
  4. Autorización: aplican glosas por autorización cuando los servicios facturados por el prestador de servicios de salud, no fueron autorizados o difieren de los incluidos en la autorización de la entidad responsable del pago o cuando se cobren servicios con documentos o firmas adulteradas
  5. Cobertura: Se consideran glosas por cobertura, todas aquellas que se generan por cobro de servicios y tecnologías que no están incluidos en la respectiva cobertura (plan de beneficios en salud del sistema de salud, plan complementario en salud, plan de medicina prepaga, pólizas SOAT, prestaciones asistenciales de la ARL o pólizas de salud), hacen parte integral de un servicio y se cobran de manera adicional o deben estar a cargo de otra entidad por no haber agotado o superado los topes.
  6. Pertinencia: Se consideran glosas por pertinencia todas aquellas que se generan por no existir coherencia entre la historia clínica y las ayudas diagnósticas solicitadas o el tratamiento ordenado, a la luz de las guías de atención, o de la sana crítica de la auditoría médica.
  7. Devoluciones: Es una no conformidad que afecta el valor total de la factura por prestación de servicios de salud, encontrada por la entidad responsable del pago durante la revisión preliminar y que impide efectuar el pago de la misma.
  8. Respuestas a devoluciones o glosas: Las respuestas a glosas y devoluciones se deben interpretar en todos los casos como la respuesta que el prestador de servicios de salud da a la glosa o devolución generada por la entidad responsable del pago.

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DOCUMENTO ADJUNTO

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