La atención en salud de personas privadas de la libertad quedó en el centro de una doble alerta institucional. Mientras la Defensoría del Pueblo advirtió riesgos por la transición a un esquema de operador único a cargo de Nueva EPS para más de 100.000 usuarios, el Ministerio de Salud y Protección Social informó que presentó una denuncia formal ante la Fiscalía con copia a Procuraduría y Contraloría por presuntas irregularidades en la administración de recursos y la prestación de servicios del Fondo Nacional de Salud para las Personas Privadas de la Libertad (PPL).
Transición a operador único: la advertencia de la Defensoría sobre continuidad asistencial
La Defensoría del Pueblo expresó su preocupación por la decisión del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad de adoptar un operador único, ahora a cargo de la Nueva EPS. La entidad fundamentó su alerta en la compleja situación financiera, administrativa y operativa atribuida a esa EPS, según lo advertido por la Procuraduría tras dos años de intervención y en el elevado número de acciones de tutela interpuestas en 2025, elementos que, en su criterio, aumentan la incertidumbre sobre su capacidad para asumir la atención de esta población.
En ese marco, la Defensoría enfatizó que cualquier transición requiere estudios técnicos suficientes y una planeación que garantice continuidad asistencial, para evitar interrupciones de tratamientos, suministro de medicamentos y oportunidad de la atención. En su pronunciamiento, recordó que la Ley Estatutaria 1751 de 2015 prohíbe retrocesos en la garantía del derecho a la salud, por lo que una transición con fallas podría contrariar el principio de no regresividad.
Antecedentes constitucionales: el ECI carcelario y barreras persistentes de acceso
La alerta se inscribe en un contexto constitucional que ya ha sido calificado como crítico. La Defensoría recordó que la Corte Constitucional ha declarado y reiterado en cuatro ocasiones el estado de cosas inconstitucional (ECI) en el sistema penitenciario y carcelario: T-153 de 1998, T-388 de 2013, T-762 de 2015 y SU-122 de 2022, por fallas estructurales persistentes, particularmente en la garantía del derecho fundamental a la salud. Además, citó el Auto 607 de 2024, que evidenció la persistencia de graves barreras de acceso para la población privada de la libertad.
A estos antecedentes se suma un elemento de gobernanza señalado por la Defensoría: desde enero solicitó ser invitada al Consejo Directivo del Fondo para aportar al proceso, a través de su Delegada para la Política Criminal y Penitenciaria y su Delegada para el Derecho a la Salud y la Seguridad Social, sin haber recibido respuesta a la fecha, pese a remitir la justificación de participación.
Minsalud denuncia presuntas irregularidades: Fiscalía, Procuraduría y Contraloría
En paralelo, el Ministerio de Salud y Protección Social informó que presentó formalmente una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, remitiendo copia a la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría General de la República, por presuntas irregularidades en la administración de recursos y en la prestación de servicios de salud destinados a la población privada de la libertad.
Según el Ministerio, la decisión se adoptó luego de que, en sus funciones como integrante del Consejo Directivo del Fondo PPL, identificara actuaciones adelantadas por la USPEC y la FIDUPREVISORA que no habrían sido sometidas a consideración ni aprobadas por el Consejo, como lo exige la Ley 1709 de 2014.
El Ministerio recordó el marco normativo que rige este esquema: la Ley 1122 de 2007 establece que las personas privadas de la libertad deben estar afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud; el Decreto 2245 de 2015 reglamentó un modelo especial de prestación; y la Ley 1709 de 2014 creó el Fondo Nacional de Salud para la PPL con el propósito de garantizar los recursos necesarios para su atención.
Dos poblaciones y un trato diferenciado: intramural sin afiliación vs. domiciliaria afiliada
Uno de los señalamientos centrales del Ministerio apunta a la afiliación al sistema. De acuerdo con la información presentada, la población intramural (aproximadamente 104.000 personas) no estaría afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud y estaría siendo atendida por operadores contratados por la FIDUPREVISORA, sin considerar la obligatoriedad de aseguramiento definida en la normativa.
En contraste, el Ministerio indicó que las personas en prisión domiciliaria (cerca de 48.000) sí permanecen afiliadas al régimen subsidiado y reciben atención a través de EPS. Esta diferencia fue descrita por la cartera de salud como un tratamiento diferenciado cuya legalidad solicitó que sea investigada.
Presuntas irregularidades señaladas: presupuesto 2026, pasivos, contratos y consultoría
El Ministerio detalló un conjunto de presuntas irregularidades que, en su criterio, comprometerían la legalidad, la confiabilidad financiera y la gobernanza del Fondo PPL:
- Aprobación del presupuesto 2026 sin revisión del Consejo Directivo, en contravía de la Ley 1709. Según Minsalud, el anteproyecto debía socializarse para aprobación en marzo de 2025, pero solo se conoció cuando ya había sido aprobado el Presupuesto General de la Nación. Además, se incluyó un déficit superior a $70.000 millones imputado a la ADRES, sin análisis técnico ni aval del Consejo.
- Desafiliación de personas privadas de la libertad del Sistema General de Seguridad Social en Salud, pese a que la normativa exige garantizar su aseguramiento.
- Pasivos sin respaldo presupuestal ni auditoría certificada, con observaciones que no habrían sido atendidas pese a recomendaciones de la Contaduría General de la Nación en octubre de 2025. En el mismo punto, el Ministerio indicó que la ADRES reportó valores pendientes de giro por más de $52.000 millones correspondientes a población en prisión domiciliaria.
- Contratos fiduciarios sin liquidar, incluyendo el Contrato 145 de 2019, que habría generado una pérdida de $81.000 millones sin registro formal como déficit ni cobro adelantado; y el Contrato 059 de 2023, que no habría sido liquidado dentro del término legal.
- Contratación de una consultora sin idoneidad técnica evidente para evaluar el modelo de atención en cumplimiento de la Sentencia T-494 de 2023, por $400 millones y por dos meses. El Ministerio afirmó que el informe entregado no cumplió el objeto contractual y solicitó la declaración de incumplimiento.
- Omisión en la implementación de un nuevo modelo de atención. El Ministerio señaló que en julio de 2025 el Consejo Directivo ordenó reformular el modelo y avanzar en la afiliación al régimen subsidiado, en cumplimiento de la Sentencia T-494 de 2023, y que también se dispuso que una EPS con cobertura nacional asumiera la operación.
- Omisión de denuncias. Según Minsalud, durante sesiones del Consejo se solicitó interponer denuncias por presuntas irregularidades, pero la USPEC, como Secretaría Técnica manifestó no ser competente para hacerlo.
Lo que está en juego: continuidad, aseguramiento y reforma del modelo de atención PPL
El panorama combina dos niveles de riesgo: (1) el operativo-asistencial, por la transición a operador único y su impacto en continuidad de tratamientos y acceso; y (2) el institucional-financiero, por las presuntas irregularidades denunciadas por el Ministerio que afectarían la gobernanza y sostenibilidad del Fondo.
En ese escenario, el Ministerio indicó que avanza junto con los ministerios de Justicia y Hacienda en medidas orientadas a asegurar la afiliación al Sistema General en Salud y la adopción de un nuevo modelo de atención para la PPL, con el objetivo de superar fallas estructurales señaladas por la Corte Constitucional en la Sentencia T-494 de 2023 y garantizar una atención integral, adecuada y oportuna.


