Con la Resolución 741 de 2020 el Ministerio de Salud y protección Social puso en conocimiento de los colombianos como deberán las EPS y demás EOC establecer el reporte de la información de las incapacidades médicas de origen común por enfermedad general, incluidas las derivadas del diagnóstico confirmado por Coronavirus COVID19.
El documento indica que será ña Administradora de los recursos del sistema de seguridad social en salud ADRES la que autorice el reconocimiento de recursos adicionales a las EPS y demás EOC, sin que tal ajuste sea tenido en cuenta para el cálculo del porcentaje a reconocer en las siguientes vigencias.
¿Qué información se debe reportar?
Las Entidades Promotoras de Salud -EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado con movilidad al Contributivo y demás EOC deberán reportarán las incapacidades derivadas de enfermedades de origen común incluidas aquellas con diagnóstico confirmado por coronavirus COVl019. Reconocidas durante el año 2020.
Fechas y periodos de reporte
Las Entidades Promotoras de Salud -EPS- de los Regímenes Contributivo y Subsidiado con movilidad al Contributivo y demás Entidades Obligadas a Compensar -EOC, reportarán a este Ministerio, en la estructura y características detalladas en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución, en las fechas y conforme con los periodos de reporte, que se detallan a continuación:

De otra parte, el Minsalud ha dicho que el reporte de la información se realizará a través de la plataforma de integración PISIS del portal del Sistema Integrado de Información de la Protección Social – SISPRO, para que las EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado con movilidad al Contributivo y demás EOC hagan sus respectivos reportes.
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Finalmente, para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente.