Reforma pensional llegó al 62% de aprobación en el Senado

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En la sesión plenaria del 17 de abril que se extendió por nueve horas, el Senado logró la aprobación de 58 de los 94 artículos presentados en la reforma pensional. Los legisladores se centraron en 29 de estos artículos, trabajando en estrecha colaboración con bancadas de importancia como la Liberal, La U y sectores independientes del Partido Verde.

Uno de los avances más notables fue el cambio del umbral de cotización en Colpensiones. Esto significa que los trabajadores con ingresos hasta 2.3 salarios mínimos, estarían obligados a cotizar en el sistema público. Esta medida introduce mayor flexibilidad para los trabajadores, al mismo tiempo que refuerza el sistema pensional público al garantizar un flujo continuo de cotizantes; propone fomentar un sistema pensional más inclusivo, para que los colombianos con ingresos superiores al límite puedan elegir entre fondos privados.

Además, se aprobaron los artículos 22 (ingreso base de cotización) y el artículo 67 (componente de ahorro individual). El segundo trata sobre la autorización de las administradoras del componente complementario de ahorro individual para establecer contratos con instituciones financieras. Estos contratos están destinados a gestionar de manera eficiente el recaudo y la transferencia de recursos, siguiendo las disposiciones presentadas en la ponencia de reforma pensional.

Otros artículos de la reforma pensional aprobados en la Plenaria fueron: artículos 5,8,9 (deberes del Estado y de los afiliados al sistema pensional, derechos de los afiliados), artículo 15 (ajuste de los BEPS), artículos 38 y 39 (pensión familiar), artículo 78 (creación e implementación de un sistema de información), entre otros.

La discusión se concentró especialmente en el artículo 36, que propone beneficios para mujeres con hijos. En el debate, el senador Honorio Henríquez argumentó que la formulación inicial no estaba alineada con los mandatos de la Corte Constitucional sobre la reducción de las semanas de cotización necesarias para las mujeres. Y en ese sentido, propuso 850 semanas de cotización para acceder al beneficio, lo que se ajustaría a la legislación nacional.

Las modificaciones, no obstante, no recibieron el visto bueno del gobierno. De acuerdo con Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo expresó: “entiendo la proposición para mejorar las condiciones de las mujeres, esto nos rebaja a 850 semanas, pero deja un hueco fiscal y por eso el gobierno no la acompaña”.

Banco de la República pasaría a administrar el fondo de ahorro, si se aprueba la reforma pensional

Se ha producido un cambio significativo en el artículo 72 de la reforma pensional. Inicialmente, se había establecido que el fondo de ahorro sería gestionado por Colpensiones, lo que generó críticas y debates. Sin embargo, tras la aprobación de la plenaria del Senado, se ha decidido que el Banco de la República se encargará de administrar este fondo a través de una fiducia. Aunque este punto era objeto de controversia, aún se espera que se realicen modificaciones en otros artículos relacionados con la gestión del fondo.

También hubo modificaciones al pilar semicontributivo. El artículo 18 de la reforma pensional introduce un incremento en el subsidio, fijado en un 30% para mujeres y un 20% para hombres. Esta medida tiene como objetivo proporcionar un respaldo financiero más sólido a este grupo de trabajadores y asegurar una mayor seguridad para su retiro.

En cuanto a las rentas vitalicias, conforme a lo establecido en la ponencia original, se calcularán con ajustes por inflación basados en las cotizaciones a Colpensiones, sumadas a un subsidio del 15% para aquellos que no califiquen para el primer pilar de pensiones. Esta disposición pretende asegurar una protección adecuada para los ciudadanos que no puedan acceder al primer nivel de pensiones, garantizando así un sistema más equitativo.

Finalmente, cabe recordar que aún se deben tomar decisiones sobre 36 artículos adicionales, incluyendo la entrada en vigencia de la reforma pensional en el país.

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