Recursos para Hospitales Universitarios: Aprobado Proyecto de Ley que les facilita acceder a recursos públicos

Aprueban recursos para hospitales universitarios
Recursos para Hospitales Universitarios Aprobado Proyecto de Ley que les facilita acceder a recursos públicos
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En plenaria del Senado de la Republica fue aprobado el Proyecto de Ley 393 de 2022 del Senado y 424 de 2021 de la Cámara, que propone una modificación al artículo 100 de la Ley 1438 de 2011, en cuanto a corregir la ausencia de certificación y constitución de hospitales públicos que aspiran a convertirse en universitarios, así como determinar las acciones a seguir para estimular dicha certificación y el posterior reconocimiento como hospital universitario.

Este Proyecto de Ley modifica el articulo 100 de la Ley 2010 de 2019, el cuál quedaría así:

“Artículo 100. Hospitales universitarios. El Hospital Universitario es una Institución Prestadora de Salud que proporciona entrenamiento universitario, enfocado principalmente en programas de posgrado, supervisado por autoridades académicas competentes y comprometidas con las funciones de formación, investigación y extensión.

El Hospital Universitario es un escenario de práctica con características especiales por cuanto debe cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:

  1. Estar habilitado y acreditado, de acuerdo con el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad.
  2. Tener convenios de prácticas formativas, en el marco de la relación docencia servicio, con instituciones de educación superior que cuenten con programas en salud acreditados.
  3. Diseñar procesos que integren en forma armónica las prácticas formativas, la docencia y la investigación, a prestación de los servicios asistenciales.
  4. Contar con servicios que permitan desarrollar los programas docentes preferentemente de posgrado.
  5. Obtener y mantener reconocimiento nacional o internacional de las investigaciones en salud que realice la entidad y contar con la vinculación de por lo menos un grupo de investigación reconocido por Colciencias.
  6. Incluir procesos orientados a la formación investigativa de los estudiantes y contar con publicaciones y otros medios de información propios que permitan la participación y difusión de aportes de sus grupos de investigación.
  7. Contar con una vinculación de docentes que garanticen la idoneidad y calidad científica, académica e investigativa.

Los Hospitales Universitarios reconocidos conforme a la presente ley, tendrán prioridad en la participación en los proyectos de investigación, docencia y formación continua del Talento Humano financiados con recursos estatales.

Plazo para acceder a los recursos de la estampilla Pro-Hospital

Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que se encuentren en proceso de acreditación ante la entidad competente, podrán acceder a los recursos recaudados por la estampilla pro-hospital universitario, hasta el 31 de diciembre de 2026.

Trámites para la acreditación en salud de hospitales universitarios o aspirantes a hospital universitario

  1. La autoevaluación con los estándares de acreditación que le sean aplicables, en las vigencias 2022 a 2023, lo cual se soportará de acuerdo con las instrucciones que determine el Ministerio de Salud y Protección Social.
  2. 2.     La gestión interna, ajustes e implementación de mejoras de acuerdo con los hallazgos de la autoevaluación, realizando nuevamente la evaluación de seguimiento, en las vigencias 2024 a 2025, lo cual se soportará de acuerdo con las instrucciones que determine el Ministerio de Salud y Protección Social.
  3. El proceso de postulación con el ente acreditador que se encuentre inscrito en el registro especial de acreditadores en salud de Colombia, en la vigencia 2026, lo cual se soportará con el documento que determine el Ministerio de Salud y Protección Social.
  4. Contar con estudio de capacidad instalada para la docencia en servicios que permitan desarrollar los programas académicos preferentemente de posgrado.
  5. En adelante mantener la condición de acreditado en salud.

La senadora Norma Hurtado Sánchez, presidenta de la Comisión Séptima y ponente del proyecto, manifestó que con esta Ley que amplia el plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 se da la oportunidad y tiempo a los hospitales universitarios  para que logren su proceso de acreditación y puedan acceder a los recursos para brindar servicios de calidad y seguir siendo un escenario idóneo para la formación de nuestros profesionales de la salud.

Cabe destacar que en la exposición de motivos presentada por la senadora presentó la situación problema de los hospitales universitarios:

Situación problema hospitales universitarios para 2022

  • 9 hospitales públicos de alta complejidad (3er nivel) del país y 4 hospitales mentales (psiquiátricos), con vocación de HOSPITALES UNIVERSITARIOS (asistencia, docencia, investigación), reciben recursos, en sus respectivos departamentos, por concepto de ESTAMPILLA PRO-HOSPITAL UNIVERSITARIO.
  • Estos 13 hospitales recibieron el año 2020 un monto de $ 126 mil millones de pesos ($125.985.835.270)
  • Para que un hospital se declare como universitario, debe cumplir los requisitos definidos en al art. # 100 de la Ley 1438 de 2011.
  • El parágrafo y el parágrafo transitorio de este art. # 100, definen que, desde el 1ro de enero de 2022, si el hospital no ha logrado alcanzar la certificación como hospital universitario, no podrá recibir los recursos de la estampilla pro-hospital universitario.
  • Los parágrafos originales de la ley 1438 de 2011, fueron modificados por La ley 2010 del 27 de diciembre de 2019 en su art. # 154, en donde se determinó el plazo del 1ro de enero de 2022.
  • Esta ley 2010, a su vez, derogó el art. # 104 del decreto ley 2106 del 22 de noviembre de 2019, en el se determinaba que la fecha límite para acreditarse era el 31 de diciembre de 2026.
  • Se hace necesario volver a habilitar el plazo del 31 de diciembre de 2026, dando oportunidad para que este grupo de hospitales, logren desarrollar y culminar el proceso de acreditación y para que puedan seguir recibiendo los necesarios recursos de la estampilla que son requeridos para poder mantener la operación vigente, en los 9 departamentos en donde operan.

Con la puesta en marcha de la Ley se beneficiarán hospitales como el Universitario del Valle, de Santander, del Caribe, de Sincelejo y de Nariño.

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