El Gobierno peruano autorizó una transferencia de S/ 60.253.730 para financiar la asignación económica anual vinculada con el cumplimiento de metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios alcanzados durante 2025. Según el sustento técnico citado en la norma, la medida comprende a 57.900 beneficiarios del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de los gobiernos regionales.
La operación fue aprobada mediante el Decreto Supremo N.º 163-2026-EF, publicado el 19 de agosto de 2026 en el Diario Oficial El Peruano. Los recursos provienen del presupuesto institucional del Ministerio de Salud y serán transferidos mediante la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, sin demandar fondos adicionales al Tesoro Público.
Transferencia beneficiará al INEN y los gobiernos regionales
Del monto total autorizado, S/ 1.335.226 serán transferidos al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, mientras que S/ 58.918.504 se distribuirán entre los gobiernos regionales. El detalle de los montos correspondientes a cada pliego deberá publicarse como anexo en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Salud.
La transferencia se sustenta en el artículo 43 de la Ley N.º 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. Esta disposición autorizó al MINSA a realizar modificaciones presupuestarias a favor del INEN y los gobiernos regionales por hasta S/ 109.896.183 para financiar la asignación relacionada con los resultados obtenidos durante 2025.
El decreto autoriza, por tanto, una modificación en la distribución de los recursos ya incorporados al presupuesto del Ministerio de Salud. No se trata de una partida adicional otorgada por el Tesoro Público ni del uso de la totalidad del límite autorizado por la Ley de Presupuesto para esta finalidad.
¿En qué consiste la asignación económica anual?
La entrega se encuentra regulada por el artículo 15 del Decreto Legislativo N.º 1153, que establece la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado. Su otorgamiento está condicionado al cumplimiento de metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios.
La norma aprobada en agosto financia la asignación correspondiente a los resultados alcanzados en el año fiscal 2025. Por esta razón, no debe interpretarse como un incremento permanente de las remuneraciones ni como un beneficio general para todos los trabajadores que integran el sistema sanitario peruano.
El Decreto Supremo N.º 163-2026-EF cita el Informe N.º 2159-2026-EF/53.04, elaborado por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. De acuerdo con ese documento, el costo estimado de la asignación asciende a S/ 60.253.730 y comprende a 57.900 beneficiarios vinculados al INEN y los gobiernos regionales.
¿Quiénes podrán recibir la asignación?
La medida está dirigida al personal comprendido en el ámbito del Decreto Legislativo N.º 1153 y vinculado con las entidades receptoras de los recursos. El decreto no identifica profesiones, cargos, establecimientos de salud ni montos individuales, por lo que esos datos no pueden determinarse únicamente a partir de la norma publicada en El Peruano.
El dispositivo ordena al Ministerio de Salud publicar en su sede digital la lista de beneficiarios de la asignación. Esta relación será la fuente oficial para precisar quiénes están incluidos, sin extender el alcance de la medida a trabajadores de EsSalud, instituciones privadas, sanidades de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional que no aparezcan comprendidos en la normativa aplicable.
Aunque el decreto autoriza el financiamiento para 57.900 personas, su publicación no acredita que el dinero ya haya sido depositado. Las entidades receptoras todavía deben completar las actuaciones presupuestarias y administrativas necesarias para ejecutar los pagos.
Entidades deberán desagregar los recursos
Los titulares de los pliegos involucrados deberán aprobar mediante resolución la desagregación de los recursos en el nivel funcional programático. Este procedimiento deberá cumplirse dentro de los cinco días calendario contados desde la entrada en vigor del Decreto Supremo N.º 163-2026-EF.
Las oficinas de presupuesto también deberán solicitar las codificaciones necesarias e instruir a las unidades ejecutoras para elaborar las respectivas notas de modificación presupuestaria. Las resoluciones de desagregación tendrán que remitirse a los organismos señalados en el Decreto Legislativo N.º 1440, que regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público.
La norma establece, además, que los S/ 60.253.730 no podrán destinarse, bajo responsabilidad, a una finalidad diferente del pago de la asignación por cumplimiento de metas, indicadores de desempeño y compromisos de mejora alcanzados en 2025.
Con esta autorización, el INEN y los gobiernos regionales cuentan con la habilitación presupuestaria para continuar el procedimiento de pago. La transferencia efectiva a cada entidad y la posterior entrega a los beneficiarios dependerán del cumplimiento de las actuaciones establecidas en el decreto.