Gobierno radicó oficialmente nueva propuesta de la reforma laboral

Gobierno radicó oficialmente la nueva propuesta de la reforma laboral
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La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha presentado un proyecto de reforma laboral en la Secretaría General de la Cámara de Representantes el pasado jueves 24 de agosto de 2023. Esta nueva propuesta a la que se ha denominado “reforma laboral 2.0” contiene 92 artículos y 4 artículos donde se abordan brechas de género, derecho a la huelga, tipo de trabajo, entre otros y que abarcan una serie de cambios en diversos aspectos laborales, incluyendo modificaciones relacionadas con los recargos nocturnos y los horarios de la jornada nocturna.

Una de las directrices es la forma en que se calcularán los recargos, horas extras y otros adicionales que deben ser pagados por las empresas. Según esta nueva versión de la iniciativa, se propone que el trabajo diurno se realice entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m., mientras que el trabajo nocturno se extienda desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.

Actualmente, la jornada nocturna está establecida a partir de las 9:00 p.m., por lo que el proyecto de reforma laboral establece que el trabajador tendrá derecho al pago de un recargo nocturno si su jornada se extiende después de las 7:00 de la noche. Este sería del 35% sobre el valor ordinario de la hora, de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo vigente.

En cuanto a los cobros dominicales y festivos, si se aprueba la reforma tal y como se propuso, los trabajadores podrían cobrar un recargo del 100% sobre el valor de la hora ordinaria, lo que significa que ganarían el doble de un salario diario legal vigente si trabajan un domingo o un día festivo. Actualmente, este recargo es del 75%.

Los cambios propuestos por el proyecto se implementarían de manera gradual. A partir de julio de 2024, se incrementaría el recargo por trabajar en días de descanso obligatorio o festivos al 80%. A partir de julio de 2025, este recargo se incrementaría al 90%. Finalmente, a partir de julio de 2026, todas las empresas deberían ceñirse al 100% de recargo.

La reforma también explica en sus primeras propuestas las diferentes modalidades de contratación laboral, como el de término indefinido, término fijo y por obra o labor doméstica.

“Se pueden celebrar contratos de trabajo a término fijo por un período de más de un mes y hasta tres años para cubrir necesidades temporales del empleador. El contrato de trabajo a término fijo debe hacerse por escrito y debe especificarse la necesidad que se busca satisfacer y su relación con la duración establecida”, se indica en el documento.

Además, se hace mención al derecho a la indemnización en caso de despido injustificado. Esto significa que, si alguien es despedido sin justa causa, también tiene derecho a recibir una compensación económica. En el documento busca mejorar la estabilidad laboral dentro de una empresa en particular.

Se menciona también a los prepensionados, es decir, aquellos que les faltan tres años o menos para cumplir con el mínimo de semanas de cotización requeridas, o aquellos que, teniendo las semanas requeridas, les falte un tiempo igual para alcanzar la edad de jubilación. Su finalidad constitucional es amparar la estabilidad del trabajador que tiene una excepción de obtener su pensión antes de la repentina pérdida del empleo.

Por lo tanto, la sentencia T-025 de 2023 deja claro que la estabilidad laboral reforzada de los prepensionados es un instrumento para la satisfacción de los derechos fundamentales de estos grupos poblacionales, que se verían gravemente interferidos por el retiro del empleo.

Otras medidas importantes de la reforma laboral

Otra de las medidas importantes del proyecto, se encuentran los cambios relacionados con los repartidores de plataformas. Estas personas podrán trabajar de manera autónoma y no estarán obligadas a ser contratadas por las empresas, como se había planteado inicialmente. Sin embargo, las empresas deberán cubrir el 60% de la salud y pensión de los repartidores, así como regular su derecho al descanso. Además, las empresas podrán contratar personal en la modalidad de tiempo parcial.

Otro grupo beneficiado por la reforma son los tenderos de barrio, ya que se permitirá la contratación a tiempo parcial en negocios con hasta nueve empleados. Esto les permitirá pagar la cotización de salud y pensión de sus trabajadores, calculando el tiempo trabajado en semanas al final de cada mes.

Esta versión de la reforma laboral 2.0 del Gobierno Petro, es una de las principales iniciativas del presidente. Actualmente, se encuentra en la Comisión Séptima del Congreso y deberá pasar por cuatro debates antes de ser sancionada como ley.

Vea a continuación el texto de la reforma laboral 2.0:

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