Mediante la Resolución 1829, el Ministerio de Salud y Protección Social definió los montos a reconocer y pagar a las Entindades Promotoras de Salud (EPS) de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y a las Entidades Obligadas a Compensar (EOC) para la vigencia 2019, en aplicación del mecanismo adicional para ajustar la desviación de la siniestralidad ‘Hemofilia A Severa’.
La fuente para el número de afiliados por EPS es la Base de Datos Única de Afiliados, información auditada por la Cuenta de Alto Costo.
Según esta fuente de información, en el país se registran 994 personas diagnosticadas con la enfermedad huérfana“déficit congénito del factor VIII” (Hemofilia A Severa).
De ellas, Nueva EPS (168) y Medimás (117), son las EPS que mayor número de afiliados tienen con Hemofilia A Severa.
En contexto
El Sistema General de Seguridad Social en Salud, reconoce a cada EPS un valor per cápita o de UPC, establecida en función del perfil epidemiológico de la población relevante, riesgos cubiertos y costos de prestación del servicio.
Las EPS y EOC deben aportar recursos para contribuir a la conformar un fondo común, considerando la proporción de afiliados activos de cada una.
De esta forma, posteriormente, con cargo a dicho fondo, se determinen los montos a reconocer y pagar a las entidades a partir de la cantidad de pacientes con Hemofilia A Severa, reportados por cada entidad aseguradora