El Ministerio de Salud de Perú (Minsa) avanza en la homologación de monitores vitales, con el fin de resolver las deficiencias de equipamiento que existen en el país. La propuesta también busca elevar los estándares de calidad en la adquisición, estandarizando las características técnicas, requisitos de calificación y condiciones de compra.
Por esta razón, se han desarrollado siete proyectos de Fichas de Homologación, para unificar las especificaciones técnicas a considerar. Los documentos en borrador están abiertos para su revisión y para recibir comentarios, recomendaciones y observaciones de parte de cualquier individuo o entidad, ya sea persona física o jurídica.
De acuerdo con los documentos en evaluación, los monitores vitales sobre los que aplicaría la homologación son:
- Monitor de Funciones Vitales Adulto/Pediátrico, Tipo Fijo, de 06 Parámetros, para Uso Intrahospitalario.
- Monitor de Funciones Vitales Adulto/Pediátrico, Tipo Fijo, de 07 Parámetros, para Uso Intrahospitalario.
- Monitor de Funciones Vitales Adulto/Pediátrico, Tipo Fijo, de 09 Parámetros, para Uso Intrahospitalario.
- Monitor de Funciones Vitales Adulto/Pediátrico, Tipo Fijo, de 10 Parámetros, para Uso Intrahospitalario.
- Monitor de Funciones Vitales Adulto/Pediátrico, Tipo Fijo, de 11 Parámetros, para Uso Intrahospitalario.
- Monitor de Funciones Vitales Adulto/Pediátrico, Tipo Transporte, de 06 Parámetros.
- Monitor de Funciones Vitales Neonatal, Tipo Fijo, de 06 Parámetros, para Uso Intrahospitalario.
Capacidades legales y técnicas para la adquisiciones de monitores vitales
En los documentos en prepublicación, el Minsa define las condiciones técnicas y las capacidades legales de las instituciones para la adquisición de los monitores vitales. Aunque las diferencias en los equipos están en sus elementos operacionales, los requisitos para la adquisición se concentran en los siguientes:
- El centro debe contar con la habilitación para llevar a cabo la actividad económica materia de contratación. El principal requisito es tener vigente la Autorización Sanitaria de Funcionamiento, de acuerdo a la Ley N° 29459 y el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos D.S. N°014-2011-SA-
- Debe contarse con un profesional encargado de la instalación, pruebas y capacitación. Además, deberá acreditar cuatro años de experiencia en capacitación de equipos médicos de UCI, contados desde la fecha de colegiatura.
- Para la adquisición de los monitores vitales, las instituciones tendrán que contar con un responsable técnico, encargado del mantenimiento de estos equipos. La persona vinculada deberá acreditar cuatro años de experiencia en mantenimiento y/o reparación de equipos médicos de UCI. Cabe anotar que, profesionales graduados de ingeniería podrán llevar a cabo esta actividad, siempre y cuando se compruebe la experiencia en esta labor -reparación de equipos UCI- con el número de años solicitados para los técnicos.
- La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
Adicionalmente, el Minsa integra dentro de los requisitos a la “Hoja de presentación del equipo/Sustento de cumplimiento de Características Técnicas”. Dentro de este formato se debe incluir la copia simple de la Resolución de autorización de registro sanitario del bien ofertado, según lo establecido en el D.S. 016-2011 y sus modificatorias. Es decir, el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios.
En el marco del proceso de consulta pública, el 17 de octubre de 2023, se llevarán a cabo las Mesas Técnicas de Discusión Pública con el propósito de analizar las propuestas para la homologación de monitores vitales. Estas reuniones se llevarán a cabo de manera virtual en dos horarios: a las 9:30 a.m., destinadas a las entidades gubernamentales, y a las 2:30 p.m., orientadas a proveedores y al público interesado.
Después de incorporar las sugerencias de los participantes, el Ministerio de Salud, en su calidad de autoridad en el ámbito sectorial, dará su aprobación a la Ficha de Homologación. Este proceso permitirá agilizar la formulación de requerimientos y simplificará los procedimientos de adquisición de estos productos por parte del Estado.
Recuerde que los documentos con los estándares para monitores vitales están disponibles para revisión en este enlace: https://www.gob.pe/institucion/minsa/informes-publicaciones/4631518-prepublicacion-de-07-proyectos-de-fichas-de-homologacion-de-monitores-de-funciones-vitales