Un nuevo ajuste fue presentado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES- para el mecanismo de apoyo al sostenimiento y mantenimiento de las unidades de cuidado intensivo e intermedio – UCI– en el país.
El ajuste al cronograma de solicitudes de anticipo por disponibilidad de camas UCI fue extendido por el Gobierno nacional para los meses de noviembre y diciembre.
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Así mismo, el Ministerio de Salud y Protección Social indicó que los hospitales, clínicas y centros médicos que reportaron la disponibilidad de camas de cuidado intensivo e intermedio en noviembre y diciembre ante el Registro Especial de Prestadores de Salud (REPS), podrán continuar realizando dichas solicitudes de reconocimiento del anticipo por disponibilidad ante el Banco de la Salud.
No obstante, la ADRES a expuesto que en cuanto a las nuevas solicitudes de reconocimiento de anticipo por disponibilidad estas se podrán presentar por las IPS ante esta entidad en las ventanas de radicación del 2021. “El cronograma fue ajustado para dar más tiempo de presentación en la primera ventana, entendiendo que, con la ampliación del mecanismo, las IPS requieren de más tiempo para presentar y corregir las solicitudes”. Aseveró la entidad.
1ra ventana de radicación y legalización de 2021
Fecha de inicio | Fecha de cierre | Mes | |
Presentación de solicitudes | 07 | 21 | Enero |
Validación de solicitudes | 22 | 28 | Enero |
Correcciones | 29 de enero | 05 de febrero | |
Giro* | 10 | Febrero |
Sujeto a la asignación y giro de los recursos del mecanismo a la ADRES por parte del Minsalud.
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2da ventana de radicación y legalización de 2021
Fecha de inicio | Fecha de cierre | Mes | |
Legalización giro anterior | 11 | 16 | Febrero |
Presentación de solicitudes | 17 | 19 | Febrero |
Validación de solicitudes | 20 | 24 | Febrero |
Correcciones | 25 | 26 | Febrero |
Presentación de solicitudes | 02 | Marzo |
3ra ventana de radicación y legalización de 2021
Fecha de inicio | Fecha de cierre | Mes | |
Legalización giro anterior | 03 | 08 | Marzo |
Presentación de solicitudes | 09 | 12 | Marzo |
Validación de solicitudes | 13 | 17 | Marzo |
Correcciones | 18 | 19 | Marzo |
Presentación de solicitudes | 23 | Marzo |
Finalmente, según ha dispuesto el Banco de la Salud, para la presentación de una nueva solicitud de anticipo cada IPS debe haber legalizado previamente el último giro efectuado por la ADRES; si este proceso no se ha realizado, la IPS no podrá continuar solicitando el anticipo del siguiente mes al que corresponda en el proceso.
No obstante, las acciones establecidas en el anterior cronograma deberán adelantarse a través del portal “Reconocimiento COVID” de la ADRES, ingresando con el usuario y contraseña, previamente asignados a cada una de las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) habilitadas.