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Claves de la regulación de los vapeadores en Colombia

Claves de la regulación de los vapeadores en Colombia
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La Cámara de Representantes aprobó en el cuarto debate el proyecto de ley para regular los cigarrillos electrónicos (vapeadores) en nuestro país. La iniciativa, radicada por los senadores Norma Hurtado y José David Name, propone la integración de estos productos dentro de la Ley 1335 de 2009 o “Ley Antitabaco”.

La normativa, más allá del impacto económico, busca reducir el consumo de tabaco en menores de edad, limitando la venta, exposición de los vapeadores en vitrinas, así como crear programas de salud y educación que desincentiven la compra de estos productos, promuevan el abandono de la dependencia del consumo de tabaco, entre otros. De acuerdo con cifras aportadas por el Instituto Nacional de Salud (INS), el 5% de la población colombiana entre los 12 y 65 años ha usado vapeadores. El 25% de ellos, menores de edad.

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En referencia a la Ley 1335 de 2009, se argumentaba en el proyecto de ley que “aun cuando la norma ha protegido la salud de las personas y ha contribuido a la reducción del consumo de productos de tabaco, estamos frente a un fenómeno que amenaza los logros alcanzados en la materia. Se trata de la aparición de nuevos productos de tabaco, así como sucedáneos e imitadores que se ofrecen en el mercado sin ningún tipo de restricción”.

Una particularidad, pero también riesgo de los cigarrillos electrónicos es la posibilidad de cambiar el dispositivo y la solución que usa. Así, los consumidores pueden adquirir productos con mayores concentraciones de nicotina y el cambio en la potencia del dispositivo, alterando las propiedades del aerosol que ingresa al organismo del que lo ingiere. Además de la nicotina, estos aerosoles contienen partículas nocivas relacionadas a la aparición de cáncer y metales pesados que suelen quedar atrapados en los pulmones o diseminarse por el organismo.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, en el mundo se cuentan mil trescientos millones de consumidores de productos de tabaco, la mayoría de ellos residentes en países de bajos y medianos ingresos, categoría a la que pertenece Colombia. En 2018, 43 millones de personas consumidoras eran niños y niñas entre los 13 y 15 años.

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Aspectos relevantes de la regulación de los vapeadores o cigarrillos electrónicos:

Con la aprobación de la ley contra el vapeo, quedará prohibida la fabricación y expedición de dulces, comestibles y objetos que aludan a cigarrillos, vapeadores y productos que se asocien al tabaco. Adicionalmente, el Ministerio de Educación tendrá que diseñar e implementar programas dirigidos a la población menor de 18 años, universitarios y en formación sobre las consecuencias negativas del consumo de esta sustancia, la incidencia de enfermedades, la discapacidad prematura y la mortalidad.

Adicionalmente, la ley para regular cigarrillos electrónicos introduce modificaciones al etiquetado y rotulado de estos productos. “Los dispositivos no podrán ser dirigidos a personas menores de 18 años, tampoco podrán sugerir que consumir productos de tabaco, sucedáneos o imitadores mejoran el éxito profesional, el éxito sexual éxito atlético o deportivo”. En la rotulación, quedará prohibida cualquier tipo de publicidad engañosa, encubierta en expresiones como “bajo en alquitrán, nicotina y monóxido de carbono”, cigarrillos “suaves o ligeros”, cigarrillos “light”.

En todos los productos de tabaco, derivados y sucedáneos, “se deberá expresar clara e inequívocamente”, frases de advertencia y pictogramas sobre los efectos negativos del tabaco en la salud. Éstos deberán aparecer en las superficies de las dos caras principales, ocupando el 70% del espacio. De igual forma, las cajetillas y empaques de cigarrillos, vapeadores y otros productos derivados tendrán empaque neutro, sin información promocional o publicitaria.

Datos de interés sobre el consumo de vapeadores:

  • Según la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, el consumo de cigarrillos electrónicos en los menores de edad es equiparable al de cigarrillo convencional (9%, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Tabaquismo 2018).
  • La OMS declaró al tabaquismo como una epidemia global. En una investigación realizada en Estados Unidos entre 2017 y 2020, el 14% de 646 que buscaban reducir o eliminar su consumo de tabaco, utilizaba a los cigarrillos electrónicos como mecanismo. El 2% aseguraba ser consumidor exclusivo de estos productos.
  • Evidencia científica ha relacionado el consumo de vapeadores con una grave enfermedad pulmonar: EVALI, en inglés (Lesión Pulmonar Asociada al Cigarrillo Electrónico). A finales de 2019 y febrero de 2020, se reportaron 2.807 casos en Estados Unidos y 68 muertes atribuidas a esta afectación de salud.
  • Los aerosoles de los cigarrillos electrónicos contienen diacetilo. Su inhalación puede causar una enfermedad denominada bronquiolitis obliterante. Se caracteriza por el estrechamiento de los bronquiolos, causando tos seca, dificultad para respirar o insuficiencia respiratoria (en los casos más graves).

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