Así se ejecutará ley de vacunas 2064 de 2020 en Colombia

Conozca cuál es el objetivo de la Ley de vacunas 2064 de 2020 y cómo será aplicada en el país.
Ley de vacunas 2064 de 2020 COVID19
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Con el objetivo de declarar de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra el covid-19 y establecer medidas administrativas y tributarias para la financiación y la gestión de la inmunización contra el sars cov 2 y otras pandemias, fue sancionada en Ibagué la Ley de vacunas 2064 de 2020. Una “excelente noticia para el país” en medio de una pandemia que a la fecha a cobrado 39.195 muertes en el territorio nacional y 1.612.833 en todo el mundo.

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Ley de vacunas: ¿En qué consiste y cómo funcionará en el país?

La nueva Ley 2064 de 2020, que se convierte en una esperanzadora noticia para el país, tendrá como eje central, la priorización de alianzas prioritarias con organismos multilaterales y el sector privado, con el propósito de acopiar recursos científicos, financieros y logísticos, que le permitan a Colombia dar una respuesta oportuna ante cualquier amenaza de epidemia o pandemia.

Para estos efectos, el Gobierno Nacional podrá destinar directamente recursos financieros y firmar convenios con comunidades científicas, laboratorios especializados públicos y privados, ubicados dentro o fuera del país, centros o institutos de investigación y universidades, con el fin de asegurar el acceso referente a tratamientos preventivos y curativos con el propósito de contrarrestar contingencias de epidemia o pandemia.

Así mismo, el Gobierno Nacional podrá destinar estos recursos para realizar inversiones a riesgo y hacer anticipos reembolsables y no reembolsables. Sin embargo, las decisiones sobre el uso de estos recursos deberán ser evaluadas de forma conjunta y en contexto con su objetivo, no por el desempeño de una operación individual, sino como parte de una política integral que le permita al país dar una respuesta oportuna ante cualquier amenaza de epidemia o pandemia.

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De igual manera, la Ley 2064 de 2020 indica además que el Gobierno Nacional podrá adquirir tecnologías en salud destinadas a prevenir, atender y monitorear cualquier pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud – OMS, con el fin de conformar y mantener una reserva de estas que le permita tener capacidades para responder a situaciones que llegaren a incrementar su demanda. Se estructurará un esquema colaborativo que incentive la producción científica en tecnologías de salud y la transferencia de conocimiento en las instituciones de educación superior del país.

Por su parte, el ministro destacó algunos aspectos importantes de la ley 2064 de 2020. “Se declara de interés general la vacunación, se establecen mecanismos para mejorar los esquemas de producción de medicamentos y de vacunas para atención del covid-19, y se establecen mecanismos para lograr el aporte de recursos privados con exención de impuestos para el financiamiento”.

Señaló que dichas donaciones deben ser avaladas por el Ministerio de Salud y, agregó, se podrán gestionar recursos y convenios para acceder a vacunas con inversiones de riesgo y con la posibilidad de invertir con efectos diferenciales de riesgo y hacer anticipo para la compra de vacunas.

“La ley establece un procedimiento para el manejo de los efectos adversos con la intervención del Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud – IETS, así como complementar la farmacovigilancia que debe hacer el INVIMA”. Asevero.

De otra parte, la nueva ley permitirá descuento tributario por donaciones tendientes a lograr la inmunización de la población colombiana frente a la Covid-19 y cualquier otra pandemia.

 “Las donaciones que realicen las personas naturales residentes y las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta de la tarifa general a la Subcuenta de Mitigación de Emergencias – COVID19 del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo o a cualquier otra subcuenta, destinadas a la adquisición de vacunas, moléculas en experimentación, anticipos reembolsables y no reembolsables para el desarrollo de vacunas, transferencia de ciencia y tecnología, capacidad instalada en el territorio nacional y todas las actividades tendientes a lograr la inmunización de la población colombiana frente al Covid-19 y cualquier otra pandemia, darán lugar a un descuento del impuesto sobre la renta, equivalente al 50% de la donación realizada en el año o periodo gravable”

No obstante, cabe destacar que el beneficio tributario establecido solo regirá para los años gravables 2021 y 2022 en el caso de la pandemia suscitada por la Covid-19; y en caso de una nueva pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud – OMS, aplicará por el primer año gravable en que se necesiten adquirir los productos para su inmunización y el año gravable siguiente.

Consejo de Evaluación de las Reacciones Adversas a la Vacuna Contra la Covid-19

En esta línea, con la ley 2064 de 2020 se creará como parte del Instituto de Evaluación de Tecnologías en Salud – IETS, el Consejo de Evaluación de las Reacciones Adversas a la Vacuna Contra la Covid-19, para las vacunas que hayan sido suministradas por el Estado Colombiano.

El Consejo de Evaluación tendrá por objeto evaluar la existencia o inexistencia de un nexo causal entre el evento adverso sufrido por un habitante del territorio nacional y la aplicación de la vacuna contra la Covid-19 por parte del Estado Colombiano.

Dicho consejo contará con al menos cinco (5) consejeros expertos, quienes tendrán el apoyo técnico de un grupo científico dedicado por el IETS para la evaluación de los eventos generados por las vacunas contra la Covid-19.

Responsabilidad de los fabricantes de vacunas

El documento sancionado por el presidente Iván Duque establece además que los fabricantes de vacunas contra la Covid-19 adquiridas y suministradas por el Gobierno Nacional sólo serán responsables por acciones u omisiones dolosas o gravemente culposas, o por el incumplimiento de sus obligaciones de buenas prácticas de manufactura o de cualquier otra obligación que le haya sido impuesta en el proceso de aprobación.

Finalmente, el jefe de la cartera de Salud concluyó su intervención asegurando que la ley se complementará con una reglamentación de uso de emergencia para la vacuna, que está muy pronta a expedir el Ministerio de Salud para completar el marco regulatorio para la aplicación de la vacuna del covid-19 a partir de 2021.  

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