La desigualdad en la distribución de médicos y enfermeros continúa siendo uno de los desafíos para el acceso a los servicios de salud en Colombia. Frente a este panorama, un proyecto de ley radicado ante el Congreso de la República busca reducir el déficit de talento humano en salud mediante un plan nacional de distribución territorial, incentivos para la permanencia de profesionales y la ampliación de escenarios de práctica. La iniciativa, liderada por la representante Bleidy del Carmen Pérez Ballestas, cuenta con el respaldo de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL).
La iniciativa fue radicada el pasado14 de octubre de 2026 y prioriza los territorios con mayores necesidades de personal sanitario. La representante Bleidy Pérez se refirió al propósito del proyecto al señalar: “Seguimos trabajando para reducir las desigualdades y avanzar hacia una atención oportuna y de calidad para todos los colombianos”.
¿Cuántos médicos y enfermeros hay por cada 10.000 habitantes en Colombia?
Colombia registra 25,35 médicos y 15,41 profesionales de enfermería por cada 10.000 habitantes, según las cifras de la Universidad Nacional de Colombia. El panorama incluye diferencias entre departamentos en la disponibilidad de personal sanitario y en las oportunidades regionales de formación médica.
Los principales indicadores que sustentan la iniciativa son:
- 25,35 médicos por cada 10.000 habitantes: densidad nacional de profesionales de medicina.
- 15,41 profesionales de enfermería por cada 10.000 habitantes: disponibilidad nacional de esta profesión.
- 73,02 profesionales por cada 10.000 habitantes en Bogotá, frente a 13,89 en Vichada, una diferencia aproximada de 5,3 veces.
- 11 departamentos sin programas de educación superior que gradúen médicos, según las cifras que fundamentan la propuesta.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha utilizado históricamente una referencia de 44,5 profesionales por cada 10.000 habitantes para el seguimiento de la disponibilidad de personal sanitario relacionada con la cobertura sanitaria universal. Este indicador considera conjuntamente determinadas categorías profesionales, entre ellas medicina, enfermería y partería, y corresponde a una referencia histórica, no a una meta individual vigente para cada profesión.
Plan Nacional de Distribución Territorial Prioritaria
El proyecto de ley propone crear un Plan Nacional de Distribución Territorial Prioritaria, liderado por el Ministerio de Salud y Protección Social. Este instrumento orientaría la asignación del talento humano en salud según las necesidades epidemiológicas de la población, los niveles de pobreza multidimensional, la dispersión geográfica y las condiciones diferenciales de los territorios.
La propuesta establece prioridad para las regiones incluidas en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC). Estos territorios serían considerados dentro de los mecanismos de planificación y distribución del personal sanitario, conforme a sus características sociales, geográficas y necesidades de atención en salud.
Incentivos para la permanencia de profesionales de salud en las regiones
La iniciativa contempla incentivos para promover la permanencia de médicos, enfermeros y otros profesionales sanitarios en territorios prioritarios. Entre las medidas previstas se encuentran condiciones laborales estables, apoyos para vivienda y transporte, oportunidades de formación y mecanismos de conciliación de la vida laboral y familiar.
El proyecto también plantea articular la oferta educativa con las necesidades de cada región, mediante mecanismos que favorezcan la vinculación de profesionales a los servicios de salud. Las medidas de permanencia formarían parte de la planificación territorial, con énfasis en municipios que requieren fortalecer la disponibilidad de personal sanitario.
La implementación de los incentivos sería progresiva y estaría sujeta a la disponibilidad de recursos de cada vigencia fiscal y al Marco Fiscal de Mediano Plazo. En consecuencia, la propuesta contempla su aplicación conforme a las condiciones presupuestales correspondientes, sin establecer una obligación de gasto inmediato.
¿Qué propone el proyecto para las universidades públicas y los escenarios de práctica?
Las instituciones de educación superior públicas y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) tendrían prioridad en el acceso a nuevos escenarios de práctica y cupos de docencia-servicio de las redes pública y mixta. Esta disposición respetaría los derechos adquiridos y mantendría las condiciones de los convenios vigentes.
Entre las principales medidas contempladas se encuentran:
- Prioridad para universidades públicas y el SENA en el acceso a nuevos escenarios de práctica y cupos de docencia-servicio.
- Conservación de los convenios vigentes, sin modificar sus condiciones ni desconocer los derechos adquiridos.
- Ruta diferencial para la Universidad Nacional de Colombia, de acuerdo con su régimen especial de autonomía establecido en el Decreto 1210 de 1993.
- Verificación de condiciones de calidad para la apertura de nuevas plazas de formación clínica y asistencial.
En Colombia, el 64,4 % de los escenarios de práctica aprobados es de naturaleza privada y el 23,2 % ofrece servicios de baja complejidad. Las instituciones públicas de educación superior también enfrentan restricciones en las modalidades de contraprestación por estos espacios, con efectos sobre la progresión curricular y las rotaciones clínicas de sus estudiantes, según la Universidad Nacional.
Además, 953 municipios dependen exclusivamente de Empresas Sociales del Estado (ESE) para la prestación de servicios de salud. La iniciativa contempla ampliar la articulación de las instituciones formadoras con los establecimientos asistenciales de las redes pública y mixta mediante nuevos espacios de práctica y cupos de docencia-servicio.
Condiciones para la apertura de nuevos escenarios de práctica
La apertura de nuevas plazas de formación deberá estar precedida por la verificación de las condiciones académicas y asistenciales necesarias para garantizar la calidad educativa. Entre los requisitos previstos se encuentran la suficiencia del personal docente, la infraestructura, la dotación tecnológica, la supervisión clínica y el bienestar estudiantil.
En este proceso participarían el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud. Estas entidades intervendrían en la verificación de las condiciones establecidas para habilitar nuevos espacios formativos y desarrollar las actividades de práctica correspondientes.
Universidad Nacional respalda el proyecto radicado ante el Congreso
La Universidad Nacional de Colombia acompañó la radicación del proyecto de ley liderado por la representante Bleidy del Carmen Pérez Ballestas. La institución respaldó las medidas dirigidas a fortalecer la formación, mejorar la distribución territorial del talento humano y establecer condiciones que favorezcan el ejercicio profesional en regiones con mayores necesidades de atención.
La UNAL también planteó la importancia de generar oportunidades para que los profesionales puedan desarrollar sus proyectos de vida en diferentes territorios del país, con condiciones que contribuyan a reducir la migración hacia el exterior. Esta posición forma parte de su respaldo institucional a las disposiciones de permanencia contempladas en la iniciativa.
La universidad invitó al Congreso de la República, al Gobierno nacional, a las instituciones de educación superior, a los prestadores de servicios de salud y a la ciudadanía a acompañar el trámite del proyecto, que deberá surtir el procedimiento legislativo correspondiente antes de que sus disposiciones puedan convertirse en ley.
El trámite de esta iniciativa en el Congreso de la República permitirá la participación de las instituciones educativas, los prestadores de servicios de salud y las autoridades competentes en la discusión de sus disposiciones. Las siguientes etapas legislativas estarán dirigidas al estudio del proyecto y a la definición del alcance de las medidas que finalmente sean sometidas a consideración de los congresistas.