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El Ministerio de Salud y Protección Social proyecta modificar los Anexos Técnicos 2 y 3 de la Resolución 2388 de 2016 para ajustar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes —PILA— a nuevas reglas de afiliación, validación y recaudo en seguridad social. El cambio central incorpora un tipo de aportante y un tipo de cotizante para recicladores de oficio, pero también introduce ajustes para trabajadores con permanencia en régimen subsidiado, trabajadores de tiempo parcial independientes, retroactivos salariales de servidores públicos, PEP-TUTOR y reglas de coherencia operativa para operadores de información.
La PILA para recicladores de oficio es el eje más visible del proyecto: la iniciativa adiciona el tipo de aportante “17. Pagador Recicladores de Oficio” y el tipo de cotizante “74. Reciclador de Oficio” para permitir el pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales por parte de organizaciones de recicladores de oficio. La modificación se enmarca en el Decreto 271 de 2026 y define reglas de validación, archivos de referencia, plazos de implementación y cruces obligatorios para que los operadores de información acepten o rechacen la planilla.
¿Qué cambia en la PILA para recicladores de oficio?
El proyecto establece que el nuevo aportante “17. Pagador Recicladores de Oficio” será utilizado por las organizaciones de recicladores de oficio para pagar aportes al Sistema General de Riesgos Laborales del cotizante “74. Reciclador de Oficio”. Para su uso, el operador de información deberá validar que el aportante figure en el archivo “Pagador recicladores de oficio”, dispuesto por el Ministerio en el FTP seguro de cada operador.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios queda vinculada al circuito operativo: debe actualizar y remitir al Ministerio de Salud y Protección Social, mediante PISIS–SISPRO, la información correspondiente con periodicidad mensual o cada vez que se produzca una modificación.
Para el cotizante “Reciclador de Oficio”, el aporte se calcula sobre una base de un salario mínimo legal mensual vigente y el monto de cotización toma en cuenta la clase de riesgo 5, asociada a la actividad efectivamente desarrollada. El pago se realizará por períodos mensuales completos, en modalidad vencida, y el cotizante podrá usar la planilla “N – Planilla de correcciones” para reportar una novedad de retiro omitida, siempre que se informe a más tardar el último día hábil del mes en que debe realizarse el pago.
El control de datos también será determinante. Si el aportante o el cotizante no aparecen en el archivo “REPORTE RECICLADORES DE OFICIO”, el operador deberá informar la situación y no podrá permitir el uso de ese tipo de cotizante. Este diseño desplaza la validación hacia una lógica de listas oficiales y cruces técnicos previos al recaudo, con impacto directo en organizaciones de recicladores, operadores de información y la Superintendencia.
¿Qué otros tipos de cotizante y planilla incorpora el proyecto?
La propuesta no se limita a recicladores. También adiciona el tipo de cotizante “Dependiente con permanencia en el Régimen Subsidiado”, orientado a empleadores que pagan aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales de personas pertenecientes a población en pobreza extrema, pobreza moderada o condición de vulnerabilidad. El operador deberá validar que aportante y cotizante estén en el archivo de afiliados con permanencia en régimen subsidiado que ADRES dispondrá semanalmente en el FTP seguro.
Para este cotizante, el campo “81 – Fecha de retiro” será obligatorio, a diferencia de otros tipos en los que opera como campo opcional cuando se reporte la novedad. Esta precisión tiene efectos operativos relevantes: obliga a empleadores y operadores a controlar el cierre del periodo de permanencia y a registrar una fecha válida cuando la novedad ocurra en el periodo liquidado.
El proyecto también diferencia el trabajador de tiempo parcial dependiente del independiente. El tipo “51” queda asociado a trabajadores dependientes de tiempo parcial, mientras que el nuevo “76. Trabajador de tiempo parcial Independiente” permitirá pagar aportes a pensión y riesgos laborales, con aporte voluntario a cajas de compensación familiar. Para pensión, el IBC se fracciona según días cotizados: entre 1 y 7 días equivale a un cuarto de salario mínimo; entre 8 y 14, a dos cuartos; entre 15 y 21, a tres cuartos, y entre 22 y 30, a un salario mínimo legal mensual vigente.
| Tema | Regla prevista en el proyecto | Implicación operativa |
|---|---|---|
| Cotizante 75: Dependiente con permanencia en el Régimen Subsidiado | El campo “81 – Fecha de retiro” será obligatorio para este cotizante. | Empleadores y operadores deberán controlar el cierre del periodo de permanencia y registrar una fecha válida cuando la novedad ocurra en el periodo liquidado. |
| Cotizante 51: Trabajador de tiempo parcial | El tipo “51” queda asociado a trabajadores dependientes de tiempo parcial. | Se separa su uso del nuevo cotizante independiente, evitando cruces inadecuados en la PILA. |
| Cotizante 76: Trabajador de tiempo parcial independiente | El nuevo tipo “76. Trabajador de tiempo parcial Independiente” permite aportes a pensión y riesgos laborales, con aporte voluntario a cajas de compensación familiar. | Los operadores deberán habilitar validaciones específicas para este cotizante y diferenciarlo del trabajador dependiente de tiempo parcial. |
| IBC para pensión del cotizante 76 | El IBC se fracciona según días cotizados: 1 a 7 días, un cuarto de salario mínimo; 8 a 14 días, dos cuartos; 15 a 21 días, tres cuartos; 22 a 30 días, un salario mínimo legal mensual vigente. | La liquidación pensional dependerá del rango de días reportado, lo que exige precisión en el registro del periodo cotizado. |
| Riesgos laborales del cotizante 76 | Para riesgos laborales, el cotizante 76 debe reportar 30 días y un IBC igual a un salario mínimo legal mensual vigente. | La cotización a riesgos laborales no se fracciona como la pensional; exige reporte mensual completo. |
| Cajas de compensación familiar para cotizante 76 | El aporte es voluntario y podrá realizarse con tarifa de 0,6% o 2%, con reporte proporcional del IBC CCF según los días laborados. | El aportante deberá definir si realiza el aporte voluntario y aplicar la tarifa correspondiente dentro de la PILA. |
En riesgos laborales, el cotizante 76 debe reportar 30 días y un IBC igual a un salario mínimo legal mensual vigente. Para cajas de compensación, el aporte es voluntario y podrá realizarse con tarifa de 0,6% o 2%, con reporte proporcional del IBC CCF según los días laborados.
¿Qué ajustes operativos deberán implementar los operadores de información?
El proyecto introduce una nueva planilla W, la cual corresponde a “Reliquidaciones por Retroactivo Servidores Públicos”, dirigida a entidades públicas que deban reliquidar aportes derivados del pago de retroactivos salariales. En esos casos, el campo de fecha de pago de la planilla asociada deberá registrar la fecha en que la entidad pagó el retroactivo, para que el operador liquide intereses de mora cuando corresponda.
La regla operativa establece que, cuando una entidad pública use la planilla W, no estará obligada a liquidar intereses de mora durante los dos meses siguientes a la fecha del pago de la nómina del reajuste salarial retroactivo. Si la reliquidación y pago de aportes no se realizan dentro de ese plazo, se configura la mora y el operador deberá calcular intereses desde el día siguiente al vencimiento del término hasta la fecha de pago.
Otro bloque técnico corresponde a la estandarización de longitudes y validaciones de identificación para aportantes, cotizantes, pensionados, causantes y cotizantes principales. El proyecto incorpora el documento PC – Permiso Especial de Permanencia para representantes legales o custodios de niñas, niños y adolescentes (PEP-TUTOR), con longitud de hasta 16 caracteres, tanto en el Anexo Técnico 2 como en el Anexo Técnico 3.
Las tablas de coherencia también se actualizan. El proyecto modifica cruces entre tipo de aportante, tipo de persona, clase de aportante, tipo de cotizante, subtipo, planilla, novedad y subsistema. La consecuencia operativa es explícita: cuando el cruce no esté permitido, el archivo no pasa la malla de validación y el operador debe informar el error al aportante.
¿Cuáles son los plazos clave para la implementación?
Las reglas asociadas al aportante 17 y al cotizante 74 deberán ser implementadas por los operadores de información para pagos realizados desde el 1 de agosto de 2026, correspondientes al periodo de cotización al Sistema General de Riesgos Laborales de julio de 2026.
Los ajustes vinculados al cotizante 76, a la planilla W y a varias aclaraciones de cotizantes y aportantes se implementarán para pagos desde el 1 de septiembre de 2026, correspondientes al periodo de cotización al Sistema General de Pensiones de agosto de 2026.
La propuesta también adiciona el tipo de cotizante “75. Dependiente con permanencia en el Régimen Subsidiado”, dirigido a personas vinculadas laboralmente que pertenezcan a población en pobreza extrema, pobreza moderada o condición de vulnerabilidad, quienes podrán permanecer en el régimen subsidiado de salud por un plazo de seis (6) meses, sin perjuicio de su acceso a las prestaciones sociales y económicas del régimen contributivo.