Las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud (RIPSS) podrán operar con una vigencia extendida, gracias a la Resolución 050 de 2025, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social. El artículo 10 de la Resolución 1441 de 2016 establecía un periodo de cinco años para la habilitación de estas redes, contados desde su registro en el módulo de redes del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).
No obstante, un análisis realizado por la cartera de salud en 2024 identificó que varias redes de EPS estaban próximas a vencer, lo que llevó a la expedición de la Resolución 087 de 2024, que extendió la habilitación hasta el 31 de julio de ese año. En línea con la necesidad de ajustar la habilitación de las redes al nuevo esquema del sistema de salud, el Gobierno expidió la Resolución 1367 de 2024, mediante la cual extendió la vigencia de estas redes hasta el 31 de enero de 2025.
Esta medida responde a la implementación progresiva del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, que exige tiempo para la reorganización, conformación y puesta en funcionamiento de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS). El objetivo es evitar interrupciones en la prestación de los servicios y garantizar la continuidad de la atención a los afiliados de las Entidades Promotoras de Salud (EPS).
La ampliación del plazo, enmarcada en la estrategia gubernamental de modernización del sistema de salud, busca permitir a las EPS y a los prestadores ajustar sus estructuras operativas sin afectar la cobertura y calidad del servicio.
Así quedará la vigencia de la habilitación de las RIPSS según la Resolución 050 de 2025
Con la actualización del Artículo 10, el Ministerio de Salud y Protección Social ratificó que la habilitación de las RIPSS tendrá una vigencia de cinco años. Este período inicia desde su habilitación en el módulo de redes, asegurando un marco de estabilidad para los prestadores de servicios.
Sin embargo, esta vigencia no exime a las redes de cumplir con los estándares establecidos, ya que la Superintendencia Nacional de Salud ejercerá funciones de inspección, vigilancia y control para verificar el cumplimiento de los criterios de permanencia. Esto significa que, en caso de irregularidades o fallas en la prestación de servicios, la entidad podrá tomar medidas correctivas para garantizar el adecuado funcionamiento de las redes.
“La vigencia de la habilitación de las redes integrales de prestadores de servicios de salud- RIPSS que se venza a partir del 31 de enero de 2025 se ampliará por un año, o hasta la entrada en funcionamiento anticipada de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud”, se lee en la Resolución 050 de 2025.
Conozca el documento expedido por el Ministerio de Salud: