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Lactancia materna en el entorno laboral a través de Salas Amigas de la Familia Lactante

Lactancia materna en el entorno laboral a través de Salas Amigas de la Familia Lactante
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A propósito del Día Mundial de la Donación de Leche Materna y en un esfuerzo por promover la lactancia materna como un derecho fundamental de los niños y garantizar su desarrollo integral, el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia emitió el proyecto de Resolución, que establecería los parámetros técnicos para la operación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral.

Esta iniciativa se enmarca en el Plan Decenal de Lactancia Materna y Alimentación Complementaria 2021 – 2030, que busca mejorar la práctica de la lactancia materna y la alimentación complementaria en todo el territorio nacional.

La importancia de esta estrategia radica en el reconocimiento de la lactancia materna como una de las intervenciones de salud pública más efectivas para reducir la morbimortalidad infantil. El proyecto establece que las entidades públicas y empresas privadas con un capital igual o superior a 1.500 salarios mínimos mensuales vigentes deben implementar Salas Amigas de la Familia Lactante, con el objetivo de promover y proteger la lactancia materna en el entorno laboral.

Implementación y seguimiento de las Salas Amigas de lactancia materna

Las Secretarías de Salud a nivel departamental, distrital y municipal tienen un papel fundamental en la promoción, implementación y seguimiento de las Salas Amigas. Entre sus responsabilidades se encuentran la promoción de acciones de fomento, protección y apoyo a la lactancia materna, la realización de gestiones para la implementación de las Salas Amigas, el apoyo a los municipios en su jurisdicción y la provisión de asistencia técnica a las entidades públicas y empresas privadas.

Colaborar con las entidades públicas y empresas privadas de su área geográfica en la gestión necesaria para establecer Salas Amigas de la Familia Lactante como parte de una estrategia de promoción de la lactancia materna, en línea con sus responsabilidades. Apoyar a los municipios dentro de su jurisdicción en la implementación y supervisión de las Salas Amigas de la Familia Lactante. Ofrecer a las entidades públicas y empresas privadas la asistencia técnica necesaria para la implantación, seguimiento y cumplimiento de dichas acciones.

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En términos de parámetros técnicos de operación, se establecen requisitos detallados que van desde la capacitación de mujeres gestantes y madres en lactancia hasta las especificaciones de infraestructura, higiene, salubridad y dotación mínima de las Salas Amigas. Es esencial garantizar que estos espacios cumplan con las normativas para asegurar la salud y bienestar tanto de las madres como de los bebés.

Infraestructura de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral

Para la instalación y adaptación de las Salas Amigas de la Familia Lactante en el Entorno Laboral, además de cumplir con los requisitos establecidos en el Título IV de la Ley 9 de 1979, se deben considerar las siguientes condiciones de infraestructura:

  • Ubicación: La Sala Amiga de la Familia Lactante debe estar situada en un espacio privado, exclusivo, debidamente señalizado y libre de ruido.
  • Tamaño: Las dimensiones del espacio deben ser determinadas por cada entidad pública o empresa privada, de acuerdo con la cantidad de empleadas en período de lactancia estimadas, garantizando un ambiente cómodo, limpio y organizado para la extracción y conservación de la leche materna.
  • Ventilación: Es necesario contar con ventilación natural o mecánica que asegure la circulación adecuada del aire y el confort de las madres presentes en la sala.
  • Iluminación: Se requiere iluminación natural o artificial que no genere reflejos ni deslumbramientos, garantizando condiciones óptimas para el bienestar de las madres que utilizan la sala.
  • Estado de pisos, paredes y muros: Estos elementos deben ser resistentes, fáciles de limpiar, desinfectar y libres de humedad.
  • Lavamanos: Debe haber un lavamanos dentro de la sala o en sus cercanías, equipado con elementos de aseo como jabón líquido y toallas de papel desechables.
  • Mesón o mesa de apoyo: Se debe contar con un mesón o mesa de material liso, no poroso, fácil de limpiar y desinfectar, y resistente a la humedad.
  • Instalaciones eléctricas: Deben permitir la conexión correcta y segura de los equipos utilizados en la sala.

¿Cómo se realiza el control el registro y las inscripciones?

Para el control y registro de las actividades en las Salas Amigas de la Familia Lactante, las entidades pertinentes deben completar la información detallada en los formatos establecidos. Esto incluye un instructivo que describa el proceso de limpieza y desinfección, especificando sustancias, concentraciones, frecuencia y responsables, así como un formato para el registro diario de estas tareas.

Además, se requiere un instructivo para el registro de temperaturas, que debe ser realizado dos veces al día para garantizar la adecuada conservación de la leche materna, con temperaturas de refrigeración entre 3 y 5 grados centígrados y de congelación no superiores a menos 3 grados centígrados. Asimismo, se debe llevar un registro diario del uso de la sala por parte de las madres lactantes, documentando cada vez que sea utilizada.

En cuanto a la inscripción de las Salas Amigas de la Familia Lactante, las entidades mencionadas en la normativa deben inscribir formalmente estas instalaciones, proporcionando información específica como el nombre de la empresa o entidad, el nombre del representante legal y el NIT, ante la Secretaría de Salud correspondiente. Aunque la inscripción no es un requisito obligatorio para la operación de las salas, es un paso importante para garantizar la transparencia y el cumplimiento normativo. Además, las Secretarías de Salud tienen la facultad de realizar cruces de información con diversas entidades gubernamentales para asegurar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la normativa vigente.

Además, la Resolución contempla la necesidad de un seguimiento continuo de las Salas Amigas para identificar posibles riesgos para la inocuidad y calidad de la leche materna extraída. En caso de detectar irregularidades, se debe informar a la autoridad sanitaria competente para tomar las medidas necesarias.

Descargue el proyecto acá

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