La Sala Octava de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, con ponencia de la magistrada Luz Myriam Sánchez Arboleda, emitió el 24 de abril de 2026 el Auto Interlocutorio N° 084, radicado 05001233300020240033700. La decisión accede a la medida cautelar solicitada por el Departamento de Antioquia — coadyuvada por Comfama y el Distrito de Medellín — y decreta la suspensión provisional de la Resolución 2023320030003984-6 del 16 de junio de 2023, por la cual la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) ordenó la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios de Alianza Medellín Antioquia EPS SAS “Savia Salud EPS” (NIT 900.604.350-0), así como de sus prórrogas, incluyendo la Resolución 2024320000005831-6 del 15 de junio de 2024 y la Resolución 164 de 2025, vigente hasta el 16 de junio de 2026.
El Tribunal ordenó además a la Supersalud que, en el término de diez días hábiles siguientes a la notificación de la providencia, se reúna con los accionistas de Savia Salud y realice el empalme y la entrega de bienes, haberes y negocios de la EPS a sus administradores y accionistas.

La SU-277 de 2025: el mismo argumento que ya derrumbó dos intervenciones anteriores
El fundamento jurídico del Auto N° 084 es la Sentencia SU-277 de 2025 de la Sala Plena de la Corte Constitucional, proferida el 26 de junio de 2025. El Tribunal la califica como “un hecho jurídico sobreviniente relevante que incide directamente en el análisis de la medida cautelar, en tanto fija un precedente de unificación que redefine el marco jurídico aplicable al control judicial de las medidas administrativas de intervención forzosa.”
El argumento central es el mismo que aplicó en los casos previos: la Supersalud se basó en los indicadores financieros de Savia Salud — insuficiencia de capital mínimo, deterioro patrimonial, afectaciones en la prestación del servicio — sin valorar si esa crisis económica era consecuencia de errores en la administración o de fallas estructurales del sistema de financiación, particularmente la insuficiencia de la UPC y los retrasos en los desembolsos de Presupuestos Máximos.
Ese mismo hilo argumental ya operó en el caso de EPS Sanitas en 2025, cuya intervención fue dejada sin efectos por la propia Corte Constitucional en la SU-277. Semanas antes del fallo de Antioquia, Coosalud corrió la misma suerte: su intervención fue revertida y la entidad devuelta a sus propietarios con base en el mismo precedente. Savia Salud es el tercer caso en menos de doce meses en que el poder judicial desmonta una toma de posesión de la Supersalud por no cumplir el estándar constitucional vigente.
Lo que los accionistas recibirán: los números de la Rendición de Cuentas 2025
La Rendición de Cuentas Vigencia 2025 de Savia Salud — publicada en abril de 2026 — permite hacer una lectura precisa del estado financiero y operativo de la entidad que los accionistas recibirán en el empalme. Los números son los de la administración intervenida, no los de los propietarios.
| Indicador financiero | 2024 | 2025 | Variación |
|---|---|---|---|
| Activos | $135.423 M | $140.309 M | +3,61% |
| Pasivos | $1.250.033 M | $1.645.634 M | +31,65% |
| Patrimonio (déficit) | −$1.114.609 M | −$1.505.325 M | −35,05% |
| Ingresos operacionales | $2.910.677 M | $3.038.732 M | +4,40% |
| Gastos en salud | $2.918.846 M | $3.133.222 M | +7,34% |
| Pérdida operacional | −$382.596 M | −$596.718 M | −55,97% |
| Resultado del ejercicio | −$327.874 M | −$390.717 M | −19,17% |
Fuente: Rendición de Cuentas Vigencia 2025, Savia Salud EPS. Cifras en millones de pesos.
El dato que más importa para el empalme: los pasivos crecieron $395.601 millones en un año (+31,65%), mientras los activos apenas aumentaron $4.886 millones (+3,61%). El patrimonio negativo pasó de −$1,11 billones a −$1,50 billones. El gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, lo sintetizó con una cifra que el propio informe respalda: el patrimonio negativo se deterioró un 264% desde 2022.
En el frente operativo, los gastos en salud ($3,13 billones) superaron los ingresos operacionales ($3,04 billones) en $94.490 millones durante 2025. La EPS gastó $433 millones más en salud de lo que ingresó por UPC e ingresos totales. Esa es la expresión contable de lo que la SU-277 llama insuficiencia de la UPC como causa del deterioro.
La EPS pagó $2,83 billones a su red prestadora durante 2025, con un flujo mensual promedio de $235.000 millones, priorizando la red pública y mixta con el 46,31% de los recursos ($1,31 billones). Sobre las tutelas, la Rendición de Cuentas 2025 registra 22.246 tutelas gestionadas en el año, con demoras en citas médicas (32,44%) y entrega de medicamentos (14,41%) como principales causas.
El riesgo que se cierne sobre la intervención de la Nueva EPS
El patrón de tres intervenciones revertidas en doce meses —Sanitas, Coosalud, Savia Salud— no es una coincidencia procesal. Es la aplicación reiterada de un estándar constitucional que la Supersalud no ha incorporado a su metodología de decisión. La pregunta que el sector debe hacerse hoy no es sobre Savia Salud: es sobre la Nueva EPS.
La intervención de la Nueva EPS, iniciada el 3 de abril de 2024, fue analizada en detalle por la Superintendencia Delegada para Entidades de Aseguramiento en su concepto técnico del 27 de febrero de 2026, trasladado a la Procuraduría el 14 de abril. Ese documento, según lo publicado por Consultorsalud la semana anterior al fallo de Antioquia, señala que el patrón causal de la crisis de la Nueva EPS se localiza en “el diseño de los mecanismos de financiación del aseguramiento, particularmente en la suficiencia del cálculo de la UPC y en la oportunidad y completitud de los desembolsos por Presupuestos Máximos.”
Es, palabra por palabra, el mismo argumento que el Tribunal de Antioquia usó para tumbar la intervención de Savia Salud el 24 de abril. Si los accionistas o aliados estratégicos de la Nueva EPS —o cualquier actor con legitimidad procesal— presentan ante un tribunal una solicitud de medida cautelar basada en la SU-277, tienen disponible exactamente el mismo andamiaje jurídico que funcionó en los tres casos anteriores.
La Supersalud, bajo la conducción del recién designado superintendente Daniel Quintero, recibe esta decisión en el peor momento institucional posible: sin credibilidad sobre su metodología de intervención, con tres resoluciones revertidas judicialmente y con la intervención de la EPS más grande del país —11,5 millones de afiliados— expuesta al mismo riesgo jurídico.
La pregunta que el sector deberá responder en los próximos 30 a 60 días es concreta: ¿presentará alguien ante un tribunal una medida cautelar contra la intervención de la Nueva EPS con base en la SU-277 de 2025? Si la respuesta es sí, el antecedente ya existe, está documentado y tiene tres precedentes de éxito consecutivos.