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Supersalud: ¿Qué viene para Famisanar EPS?

Supersalud emite proyecto de circular para el cobro de cuotas moderadoras y copagos

Luego de conocerse la decisión de la Supersalud frente a la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar a FAMISANAR EPS SAS, surgen muchas preguntas con respecto a lo que viene para la entidad, sus afiliados y demás involucrados en la prestación de los servicios de salud.

Actualmente, Famisanar tiene 3’049.712 afiliados en 21 departamentos del país. Sus usuarios están en Bogotá y Cundinamarca (77 %), Santander (4,46 %), Boyacá (4,34 %) y Tolima (2,92 %). “También tiene usuarios en Atlántico, Bolívar, Caldas, Cesar, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca. En otros 6 departamentos tiene menos de 10 afiliados”, agregó la Supersalud.

Las acciones de la Supersalud

La Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de sus competencias, ordena intervenciones de diferentes tipos entre las cuales están clasificadas en: Intervención forzosa administrativa para liquidar, Intervención forzosa administrativa para administrar e intervención técnica y administrativa.

En el caso de Famisanar EPS se adelanta una intervención forzosa administrativa para administrar, la cual consiste en un proceso ordenado por la Supersalud que tiene por objeto el salvamento de la entidad, si es posible colocarla en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, o establecer si la entidad debe ser objeto de liquidación. Este proceso es adelantado por un agente Interventor designado por esta Superintendencia.

Para la intervención de la EPS fue designada como agente especial interventor a la administradora financiera Sandra Milena Jaramillo, quien se posesionó el viernes 15 de septiembre y deberá empezar a cumplir con lo estipulado por la Supersalud para garantizar el derecho a la salud de los afiliados.

Según la resolución emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, la interventora de la Famisanar EPS, deberá presentar e implementar un plan de trabajo, dentro de los 30 días siguientes a su posesión el cual será evaluado, discutido y aprobado por la Dirección de Medidas Especiales para EPS y entidades Adaptadas dando cumplimiento a las 14 órdenes impartidas por la entidad.

Además, deberá presentar el presupuesto de actividades; un cronograma de actividades; indicadores de gestión de acuerdo con las actividades ordenadas en la resolución; el inventario preliminar de los activos de la entidad; y un informe sobre la situación encontrada en la entidad y sobre la gestión de quién ejercía la representación legal antes de la toma de posesión por parte del interventor.

ABC para los usuarios de EPS Famisanar luego de la intervención de la Supersalud

La Supersalud asegura que el servicio se prestará en la red de atención de Famisanar, con normalidad. Asimismo, presentó un documento de fácil acceso para informar a la ciudadanía y en especial a los usuarios de Famisanar que, los afiliados continuarán recibiendo los servicios en las mismas instituciones en donde los han recibido hasta el momento. No tendrán que cambiar de médico ni pedir nuevas autorizaciones para los servicios ya autorizados.

Los afiliados no deben hacer trámite alguno, distinto a los de costumbre, para recibir la atención médica, solicitar las autorizaciones o reclamar sus medicamentos. El ente de control afirma que, el proceso que se adelanta no generará afectación alguna en los servicios requeridos o que se le estén prestando ni para los cotizantes, ni para su grupo familiar.

Las citas se mantienen, asimismo, la entrega de medicamentos, mantienen su normalidad, no se requerirá de una nueva autorización. Con respecto a la atención de urgencias, los usuarios deberán asistir a los centros de atención establecidos por Famisanar en cada uno de los municipios. En caso de tratarse de una urgencia vital, en la que pueda correr peligro la vida de una persona, puede ir a la clínica o al hospital más cercano, aunque no tenga convenio con su EPS.

Tampoco habrá cambios en la atención a procedimientos actuales o programados, lo mismo aplica para los servicios de atención a mujeres embarazadas, no se genera ningún cambio en la tramitología de los prestadores de servicios. Si ya empezó un tratamiento, Famisanar lo continuará. Si necesita uno nuevo, lo puede tramitar de la misma manera como se ha hecho siempre.

En caso de presentar fallas en la atención o acceso a los servicios podrá interponer un reclamo en el link https://famibpms.famisanar.com.co/syswork flow/es/famisanar_skin/1439185285f9832a 4b480a9096119466/2271484265f99bc37 4e7872043035026.php. También puede ingresar al link https://www.famisanar.com.co/contactanos, en donde encontrará las distintas formas de comunicarse con la EPS o llamar al (601) 3078085 en Bogotá o al 018000 11 66 62. Además, lo puede hacer ante la Supersalud, a la línea 018000 513700 o en la página www.supersalud.gov.co

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