Supersalud inicia seguimiento a nuevas medidas para atención de la población Wayuu

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Este 10 de enero se conoció que la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) comenzó la vigilancia estricta a las medidas prioritarias adoptadas para proteger a la población Wayuu, residente en su mayoría en La Guajira. Cabe señalar que los nuevos lineamientos son de obligatorio cumplimiento para las entidades administradoras de recursos (EPS y EPSI) que operan en dicho departamento.

Los mecanismos priorizados por la Supersalud tienen como referente a la Resolución 2811 de 2022, emitida por el Ministerio de Salud el pasado 30 de noviembre. El documento solicita la implementación de acciones inmediatas para garantizar el derecho a la salud y a la atención integral para la población indígena.

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Al respecto, el superintendente Ulahí López Beltrán indicó que “desde ahora la comunidad Wayuu no requiere autorización previa en los servicios de madres gestantes y complicaciones durante el embarazo, en la atención integral de la desnutrición aguda, moderada y severa en menores de 5 años, así como en las urgencias y los servicios y tecnologías en salud posteriores a la atención en urgencias sin egreso hospitalario”.

De manera específica, de acuerdo con la resolución emitida por el Minsalud, las autorizaciones no aplicarán en los siguientes casos:

  • Los eventos y condiciones en salud señalados en el artículo 2.5.3.4.7.4 del Decreto 780 de 2016, o la norma que lo modifique o sustituya.
  • La atención de urgencias y los servicios y tecnologías en salud posteriores a la atención en urgencias sin egreso hospitalario.
  • La atención integral de la desnutrición aguda moderada y severa en niños y niñas menores de 5 años, según lo establecido en la resolución 2350 de 2020, que incluye:
    • Identificación de casos de desnutrición aguda moderada y severa.
    • Remisión de casos de atención hospitalaria o ambulatoria.
    • Tratamiento con fórmula terapéutica.
    • Seguimiento y monitoreo a los casos identificados.
  • Las atenciones en salud de madres gestantes y las complicaciones durante el embarazo.

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Además, señaló que el ente de vigilancia y control se une al ‘Plan Guajira’, estrategia del gobierno nacional para garantizar el acceso a los servicios de salud de la comunidad Wayuu en la región, mediante los siguientes compromisos:

  • Realizar seguimiento a la contratación y ejecución del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas de los municipios de Manaure, Maicao, Riohacha, Uribia y en el departamento de La Guajira.
  • Medir los indicadores en salud pública para verificar el impacto en acciones realizadas.
  • Ejercer una vigilancia estricta a EPS y su red de prestación de servicios de salud verificando el cumplimiento de la garantía del derecho a la salud.
  • Verificar el fraccionamiento de contratación por parte de las EPS para la garantía de la atención oportuna y con calidad.
  • Realizar visitas a la E.S.E. Hospital de Nazareth, en la Alta Guajira, y a la E.S.E. Hospital Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, en Uribia, para evaluar la garantía en la prestación de servicios.

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¿Cómo se gestionarán las atenciones que no requieren autorización?

De acuerdo con la Resolución 2811 de 2022, las EPSI, los prestadores de servicios y proveedores de tecnologías deberán llevar a cabo lo siguiente:

  • El prestador o proveedor de servicios y tecnologías en salud reportará a la EPS, EPSI, sobre la presunción o confirmación diagnóstica de la atención en salud según aplique, haciendo uso de las fichas de notificación del Sistema de Vigilancia en Salud Pública- SIVIGILA, informe de atención de urgencias, o aquellos que las partes hayan pactado cuando se trate de otros eventos.
  • El prestador o proveedor de servicios y tecnologías en salud informará periódicamente a la EPS, EPSI el resultado de las atenciones.
  • La EPS, la EPSI definirán mecanismos de gestión oportuna a las condiciones de salud del pueblo Wayúu, de acuerdo a los reportes recibidos del Prestador de Servicios de Salud y el Proveedor de Tecnologías en Salud.

Instrucciones impartidas por la Supersalud a las EPS para atención de la población wayuu:

En la Circular Externa 2023310000000001-5 de 2023, el ente de vigilancia y control establece cuatro instrucciones dirigidas a las EPS y EPSI vigentes en La Guajira.

  • Deberán realizar los ajustes a los acuerdos de voluntades para prestar el servicio a la comunidad wayuu, contando con los soportes que le permitan a la Supersalud hacer las verificaciones del caso cuando lo disponga.
  • No podrán generar cargas administrativas que se conviertan en barreras de acceso a la atención en salud, garantizando en todo momento la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y los estándares de calidad.
  • Deberán presentar a la Supersalud la información y los soportes correspondientes a la caracterización de la población, tal como lo establece la Resolución 2811 de 2022 del Minsalud.
  • Deben velar por la protección de la salud y la vida del paciente.

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Cabe anotar que en la Resolución 2811 de 2022, las autoridades sanitarias presentan como requisito obligatorio a las EPS y las EPSI, la caracterización de la totalidad de su población afiliada residente en el territorio, lo cual deberá ser insumo para la planeación de la gestión de las atenciones en salud que realizarán los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías de salud que atiendan a la población Wayuu.

La Supersalud advirtió que el incumplimiento a lo ordenado en la circular dará lugar a sanciones, sin perjuicio de las acciones que correspondan a otras autoridades competentes. Además de ello, durante la socialización de la resolución a los representantes de las EPS, EPSI y entidades territoriales, el superintendente López Beltrán recordó que se abrirá una sede regional de la entidad durante el primer trimestre de este año.

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Consulta los documentos mencionados en el artículo aquí:

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