Recursos para infraestructura y dotación hospitalaria – ESE

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La Resolución 2078 de 2015 establece las condiciones de asignación y giro de los recursos a las Empresas Sociales del Estado- ESE para la implementación del proyecto “Fortalecimiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicio de salud en infraestructura y dotación hospitalaria”.

Para la asignación de los recursos los proyectos deben cumplir con los siguientes requisitos:

–       Proyectos que obtengan mayores puntajes no repetidos, quedarán seleccionados.

–       Entidad Territorial que no tenga proyectos seleccionados anteriormente.

–       Proyectos que, con igual porcentaje, requieran el menor valor de recursos del Ministerio para su ejecución, asignando uno por entidad territorial, hasta el monto disponible de la aprobación.

Cuando se cumplan dichos requisitos y se apliquen los criterios generales de elegibilidad y selección señalados en la Resolución 829 de 2015,  se asignarán los recursos por parte del Ministerio a las respectivas ESE que fueron seleccionadas.

Giro de los Recursos

Para el giro de los recursos el Ministerio de Salud y Protección Social lo hará a la cuenta bancaria denominada “Proyecto – “Fortalecimiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicio de salud en infraestructura y dotación hospitalaria” que deberá constituir cada una de las ESE seleccionadas.

Las entidades departamentales, distritales o ESE beneficiadas, tendrán que enviar la siguiente documentación a la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria del Ministerio para efectuar el giro de los recursos.

–       Certificación Bancaría emitida por la entidad financiera, con la cuenta de la ESE beneficiada y a donde se realizará el giro, con el nombre y número de identificación del titular. La certificación no debe ser superior a 30 días calendario de su expedición.

–       Copia del Registro Único Tributario – RUT de la ESE

–       Copia del acuerdo de aprobación del OCAD, de los proyectos cofinanciados con recursos del Sistema General de Regalías.

La documentación debe ser remitida a más tardar  el 10 de Julio de 2015, las entidades que no presenten la documentación antes de la fecha perderán el beneficio.

Ejecución de los recursos 

La Resolución 2070 establece que las Empresas Sociales del Estado beneficiadas, que a 31 de octubre de 2015, no hayan iniciado los procesos de contratación, deberán devolver los recursos asignados a la cuenta del tesoro nacional.

Al igual las entidades que no ejecuten la totalidad de los recursos asignados, deben devolver tanto el saldo a capital como los rendimientos financieros.

Las responsabilidades que adquieren las Empresas Sociales del Estado beneficiadas con los recursos, como el Ministerio de Salud y Protección con el giro de los recursos están consignadas en el artículo 6 de la presente resolución.

La Resolución 2078 entra en vigencia a partir de su publicación.

Descargue: Asignación de recursos para infraestructura y dotación hospitalaria – Resolución 2078 de 2015

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