A través de la Resolución 627 de 2024, el Ministerio de Salud hace nuevos ajustes al periodo de transición y garantizar una implementación efectiva de las disposiciones relacionadas con la Factura Electrónica de Venta en Salud (FEV) y el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), particularmente sobre los procesos de radicación y auditoría de cuentas.
En el documento recién expedido, la cartera sanitaria indica que, los plazos dados previamente resultaron ser insuficientes para la implementación. Esto significa que los servicios y tecnologías en salud facturados a partir del 1 de octubre de 2024 deberán cumplir con las nuevas disposiciones, mientras que para los servicios prestados hasta el 30 de septiembre de 2024, las entidades tienen hasta el 31 de marzo de 2025 para radicar las cuentas y hasta el 30 de junio de 2025 para completar la auditoría conforme a la normativa vigente.
El nuevo marco establece que las modificaciones deben estar completamente implementadas para la fecha indicada, garantizando así el tiempo suficiente para que todas las partes involucradas se adapten a los requerimientos administrativos y tecnológicos necesarios. Esto es parte de un esfuerzo más amplio por mejorar la eficiencia y transparencia del sistema de salud a través de la implementación de tecnologías de información que faciliten el proceso de facturación y auditoría.
Este cambio en la transitoriedad es crucial para permitir que las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud y los proveedores de tecnologías de salud realicen los ajustes necesarios sin interrumpir la continuidad de la prestación. Además, pretende evitar que estas modificaciones se conviertan en una barrera para el acceso a los servicios de salud.