La Alcaldía de Bogotá nuevamente adopta la medida “Pico y Cédula” desde este 21 de diciembre hasta el 15 de enero de 2021, de acuerdo con el decreto 230 de 2020. El gobierno local tomó la decisión ante el incremento de contagios que se registra en la capital del país, contándose 3.061 casos nuevos, 428.979 casos totales y 7.228 hospitalizados hasta la mañana del lunes.
En días anteriores, la alcaldesa Claudia López había solicitado a los residentes de la capital permanecer en casa, evitar las reuniones y hacer cuarentena, en caso de querer visitar a adultos mayores en las fiestas decembrinas. Con respecto al nuevo pico y cédula, las obligaciones ciudadanas son similares al primero impuesto en las etapas iniciales de la pandemia
“En los últimos 22 días (28 de noviembre al 19 de diciembre) se ha identificado una tendencia al aumento de 9 puntos porcentuales en la ocupación, alcanzando un promedio de 54,25% en el periodo en mención. Que a la fecha 19 de diciembre de 2020 se presenta una ocupación total de Unidades de Cuidado Intensivo del 73.9%“, se describe en el documento.
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Así podrá moverse por Bogotá en el pico y cédula
Según lo estipulado en el decreto 230, el pico y cédula comenzará a las 00:00 horas del 21 de diciembre y finalizará a las 00:000 del 16 de enero de 2021 para acceder a establecimientos públicos para realizar trámites bancarios, pago de servicios públicos, compra de productos (al detal y al por mayor), atención al ciudadano en entidades públicas, y prestación de cualquier otro tipo de servicios excepto los de salud, farmacia y servicios funerarios. Se tendrán en cuenta las siguientes condiciones para atender al público:
- En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.
- En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.
- Solo se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para la adquisición de bienes y servicios.
La Alcaldía de Bogotá también estableció varias excepciones a esta medida. El pico y cédula no aplicará en estas situaciones y grupos de personas:
- Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados
- La persona que le sirve de apoyoa adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites
- Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas
- La distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo,de conformidad con lo previsto en el Decreto Nacional 1521 de 1998
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¿Cuando puede salir con el nuevo pico y cédula?
Conozca en esta cuáles son los días autorizados en el pico y cédula para moverse por Bogotá en estos últimos días del 2020.
Día | Dígito final de la cédula autorizado |
Días impares: 21, 23, 25, 27, 29, 31 de diciembre 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13, 15 de enero 2021 | 0, 2, 4, 6, 8 |
Días pares: 22, 24, 26, 28, 30 de diciembre 2, 4, 6, 8, 10, 12, 14, 16 de enero 2021 | 1, 3, 5, 7, 9 |
Para mayor información, consulte el decreto disponible para descarga aquí:
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