Minsalud estableció responsables de listados Censales de Población Especial

Mediante la resolución 1838 de 2019, Minsalud estableció los responsables de los listados censales de las poblaciones especiales.
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Mediante la resolución 1838 de 2019, Minsalud estableció los responsables de la generación, consolidación y reporte de los listados censales de las poblaciones especiales.

El objetivo es determina los términos, estructura de datos, flujo y validación de las condiciones de reporte de información de la afiliación de los recién nacidos y menores de edad de padres no afiliados.

a quiénes aplica

Por tal razón, el documento aplica a las entidades que intervienen en la generación, consolidación y reporte de los listados censales, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS, a las Entidades Promotoras de Salud – EPS y a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES.

Generación del listado censal

Del mismo modo, las entidades responsables de la generación de los listados censales deben verificar la plena identidad de las personas incluidas en dichos listados, junto con los documentos que soportan la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud — SGSSS.

De igual manera, en los casos de la población no identificada por la Registraduría Nacional del Estado Civil, se utilizarán los tipos y números de documento correspondiente a adulto y menor sin identificar según los parámetros dispuestos.

Consolidación y reporte del listado censal

Por consiguiente, las instituciones autorizadas, responsables de la consolidación y el reporte de los listados censales, enviarán el archivo maestro que incluya la totalidad de la población especial, y las novedades, el segundo (2) día hábil de cada semana, a través de la Plataforma de Intercambio de Información-PlSlS del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO.

censo

No obstante, a partir del 15 de julio de 2019, las entidades responsables de la consolidación y reporte de los listados censales y de la información de recién nacidos y menores de edad de padres no afiliados, deberán enviar el archivo maestro; salvo lo relativo al archivo de novedades, el cual será exigible a partir del 15 de agosto de 2019.

También puede leer: listado censales y poblaciones especiales – proyecto de resolución

Plataforma para el envío de archivos

Así mismo, el Ministerio de Salud dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Por consiguiente, si el reportante aún no tiene usuario debe solicitarlo previo registro de su entidad en el Sitio Web del SISPRO.

Registrar entidad:

https://web.sispro.gov.co/

Registrar solicitud de usuario:

https://web.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro

Reporte y plazo

plazos censos

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